Herencia tía sobrinos

Mi padre ha heredado de una tía, junto a otro familiar, dos propiedades en distintos términos municipales. No tienen gran valor, pero queremos vender una de las propiedades para pagar una serie de temas que mi tía tenía pendientes pero no sabemos si, al ser herederos, hay que pagar los impuestos de las dos propiedades a la vez o sólo la que queremos vender. Esto es, mi tía falleció este año y vivimos en Andalucía. Tengo entendido que en esta Comunidad si vendes una propiedad heredada tienes que pagar un impuesto de un 30% o así al sacar las escrituras para poder venderla, pero...¿tendríamos qué sacar las escrituras de las dos o sólo de la que queremos vender?

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Legalmente ustedes están obligados a realizar la herencia y el pago del impuesto de sucesiones, antes de los seis meses del fallecimiento.

Si no lo hacen, pueden ser requeridos y sancionados.

Si los bienes figuran en testamento, tendrán que hacerlo de todo..., en caso contrario, podrían intentar hacerlo solo de uno y una vez prescrito el impuesto hacer el resto... Pero han de estar conformes todos los herederos.

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Muchas gracias por su respuesta y por la rapidez de la misma.

Perdón por preguntar otra vez, pero basándome en esto: si hemos de realizar el pago de impuesto de sucesiones de las dos propiedades (constan las dos en el testamento, de modo que tendríamos que pagar el de las dos), ¿cómo se valora el impuesto?¿se basa en el valor catastral de las propiedades?

Gracias de nuevo.

Las propiedades, tienen un valor mínimo asignado por su comunidad autónoma y si esta en función del valor catastral... En hacienda de su comunidad autónoma, pueden solicitar una valoración de los mismos... Que en todo caso, se tendrá que declarar por el valor que figure en la escritura de herencia y este ha de ser al menos el de las tablas de su comunidad.

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