En qué provincia se liquida el Impuesto Sucesiones

Una persona empadronada en Madrid muere sin testamento y deja un pequeño terreno en Almería a sus dos hijos, que son su única familia directa. ¿Qué impuesto deberán liquidar y dónde?. ¿Según la legislación de su domicilio o la de sus bienes?

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Hacienda tiene delegado el cobro de estos impuestos en las comunidades autónomas.
Y cada una va por libre.
La tendencia es a eliminarlos, pero aunque algunas ya lo han hecho, (en madrid que es donde residen, ya no pagan de padrres a hijos), otras cobran una cantidad simbílica.
Otras, bastante poco, un pequeño tanto por ciento.
Pero lamento decirle que en Andalucía, no hay modificación.
Hay que pagar a tope. Y en Almería que es donde está el terreno.
Pero ¿cuánto? Que es lo que usted quiere saber, pues imposible decírselo.
Los hijos han de hacer la declaración de herederos y ñluego la aceptación de herencia.
Ante notario.
Y para esto no necesitan abogados ni nada. Solo ir a un notario.
Pero los impuestos han de pagarlos en Almería.
Necesitan una nota simple del registro de la propiedad, para demostrar que está a nombre de su padre, y ver la referencia catastral.
Y un recibo del IBI, en el que aparece el valor catastral, que por supuesto, es muy pequeño comparado con el valor real.
Y ese valor es el que hay que meter en la escritura y sobre el que van a pagar los impuestos.
Pero ya sabe que los valores catastrales se actualizan cada dos o tres años, y no va por regiones... ni provincias... depende de cada población,,,,,,,,,,, y a vaces de cada barrio o zona.
O sea que imposible decirles cual es la valoración ni cuanto van a pagar.
Cuando lleven la escritura a la oficina liquidadora de la Junta de Andalucia, ellos meten los datos en su ordenador, y dependiendo de la actualización del catastro, de la categoría del terreno, (si es rústico o urbano), de la edad de los herederos.,... en fin de un montón de cosas, ellos les sacan lo que han de pagar.
Por cierto, que les dan seis meses tras el fallecimiento para el pago de los impuestos de sucesiones.
Pasado el plazo, les ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Y cada día que pasa se debe un poquito más.
Así que no hay que dormirse.

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