Le voy a poner un ejemplo:
Si usted va al médico y le dice que siente un dolor, y no le dice ni donde lo siente, ni cuando, ni en que postura, ni de que intensidad... nada, pues comprenderá que el médico poco puede hacer aparte de mandarle una aspirina.
Así pues yo me he de limitar a contestarle con los poquísimos datos que usted quiere dar.
Poquísimos datos.
Ahora me dice que al fallecer su madre, antes de proceder al reparto de su herencia.
Intuyo, o adivino que hay más herederos, ya que dice eso, no se si hermanos suyos, o hijos de su madre, casada con su padre en segundas nupcias, o alguna hermana...
Tampoco sabemos el testamento (si lo hay) de su madre.
Tampoco dice nada de otra herencia.
Ahora si que lo dice, pero no indica si es un piso, que no podrá vender sin su consentimiento, ni los otros bienes serán un coche, un ajuar, unos muebles...
Nada Y con poca información, poco se le puede contestar.
Así que con lo poco que quiere decir, le puedo contestar (con gran riesgo de no ser una respuesta correcta o fiable), que si. Que usted lleva razón.
Que tras el fallecimiento de su madre, puede reclamar ese dinero antes de repartir el resto de su herencia con esos otros herederos que ahora menciona.
Respecto a su pregunta de si la masa hereditaria puede ser deudora o acreedora, pues también.
Hay quienes cogen una herencia sin deudas y hay quienes la cogen con una hipoteca, deudas en tarjetas de crédito, embargos de hacienda o de la seguridad social, y entonces la herencia se puede aceptar o no.
Pero adivinando, si usted dice que deudora solo por esos 15.000 euros, pues si. Se puede considerar deudora, pero dependerá de las negociaciones con los otros herederos, que quieran aceptarlo o no.
Si lo aceptan, usted coge sus 15.000.
Si no, pues no se hará aceptación de herencia, tendrá que interponer demanda judicial... etc. de manera que le conviene guardar bien todos los papeles y pedirle al banco un certificado en el que le expliquen claramente como ha salido el dinero de la cuenta. Le hará falta.
Su pregunta es muy difícil de contestar, porque yo no se cual es la herencia que pueda dejar su madre el día de mañana, ni como son sus relaciones familiares.
Incluso hoy mismo puede demandar judicialmente a su madre. No tiene más que contratar abogado y procurador, y reclamarle ese dinero que ella dice (sin razón) que es suyo.
Pero yo no se hasta qué punto está usted dispuesto a demandarla.
En fin, que me he de limitar a decirle que ese dinero es suyo, que puede pedírselo a su madre o exigirle que lo ponga en una cuenta para cobrar los intereses, pero sin gastárselo, o demandarla, o esperar a su fallecimiento, ¿Y luego?
Pues no soy adivino. No se si quedará herencia para poder cobrarlo, o si tendrá muchos problemas con los otros herederos, ni si estos van a aceptar eso como deuda.
El futuro lo dirá.