Reparto herencia: Vivienda reformada por uno de los herederos

Somos 2 hermanos, yo soy mayor de edad, pero mi otro hermano es menor de edad ; y vamos a heredar una casa en cuanto él cumpla la mayoría de edad (propiedad actualmente de nuestros padres)

La vivienda dada la precariedad económica de nuestros padres la he tenido que reformar yo, (tejado, instalaciones eléctricas etc...) .

En principio la casa sería repartida en herencia a partes iguales, pero si un día se tuerce la cosa y hay que repartirla o venderla(una vez pasados los años) ¿Puedo reclamar la mitad de el dinero que he tenido que desembolsar en las reformas? (Conservo facturas etc...)

Asimismo, si yo he pagado recibos de luz y seguro de hogar ¿se puede reclamar la mitad del dinero?

1 respuesta

Respuesta
1

Cuando su hermano llegue a la mayoría de edad, ustedes adquirirán la vivienda en cuestión por donación o por compraventa, pero no por herencia, porque sus padres viven.

Lo que pueden hacer sus padres es un reconocimiento de deuda sobre las cantidades que usted ha desembolsado con la reforma de la vivienda, que se puede hacer perfectamente en un documento privado o ante notario.

De igual modo se recogerá en el dicho documento los recibos de la luz y seguro de hogar pero no por la mitad, sino por su totalidad.

Ruego cierre y valore

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas