Como debemos hacer el testamento con una vivienda en común sin estar casados.

Somos una pareja, ambos divorciados de anteriores parejas e hijos del anterior matrimonio.

Yo pondría el 75% del dinero de la vivienda en común y ella el restante ( por pagar la mitad de la hipoteca). Me han dicho que deberíamos hacer un testamento con usufructo para el otro para evitar que en caso de fallecimiento se llegue a vender la vivienda por parte de los herederos. No sé lo que debemos hacer exactamente para proteger el superviviente. ¿Imaginaros qué un heredero llega a una situación de bancaroto - se vende la vivienda?

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Al no estar casados, ni constituidos como pareja de hecho, pueden otorgarse mutuamente testamento, disponiendo de lo que la ley permite que es del tercio de libre disposición y del usufructo vitalicio. De ésta manera, teniendo en cuenta que usted aporta el 75% del capital y su pareja el 25%, en dicha proporción se aplica para el otro el tercio de libre disposición, pero es mejor a efectos de disfrute por el superviviente que fuera al 50%, ya que en ese caso, el miembro viudo posee el 50% en pleno dominio y el 50% por usufructo vitalicio que grabaría dicha proporción de la nuda propiedad de los herederos.

Los herederos legítimos, es decir, los hijos de ambos, tendrían la nuda propiedad, es decir la propiedad sobre el papel, sin poder disponer del bien hasta que el que sobrevive no fallezca.

Puede parecer enrevesado, pero el Derecho es así.

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Muchas gracias por la explicación. No sé si habré entendido correctamente el tema del usufructo. ¿Puedo dejar mi 75% en usufructo a mi pareja sin disponer nada del tercio de libre disposición?

Y si dentro de un plazo de un año nos casáramos ,¿habría que cambiar algo o podríamos dejar nuestros testamentos exactamente iguales?

muchísimas gracias por adelantado,

Herbert

No, porque usted tiene hijos que son herederos forzosos.

Si contraen matrimonio, cambien o no el testamento, la ley que se aplica cambia, porque el cónyuge que sobreviva tendrá derecho al usufructo viudal.

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