Impuesto de sucesiones en Castilla y León

Mi pregunta es saber si como me dice mi abogado he de pagar el impuesto de sucesiones de la herencia de mi abuelo, al fallecer también mi madre, en Segovia.

Yo pensaba que estaba exenta igual que en la comunidad de Madrid, creí leer en la reforma fiscal una bonificación del 99% para el grupo II (creo que es el mio) en la cuota.

Insisto en que mi abogado dice que no estoy exenta.

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Efectivamente el impuesto de sucesiones ha de presentarse en el lugar de residencia del fallecido.

El impuesto debe presentarse con independencia de que la cuota final sea cero o no.

En cuanto a las exenciones, lo que existen son bonificaciones en determinados grados de parentesco y exenciones parciales o totales, en función de los bienes heredados.

Tendría que conocer toda la herencia para decirle la cuota.

Buenas tardes,

tan solo una duda es cierto que una bonificación del 99% de la cuota para el grupo II supone prácticamente pagar cero. Aún no se ha hecho liquidación de todo los bienes, no sé lo que heredaré. Sólo quería asegurarme si he de ir ahorrando mucho para ese impuesto que, insisto no si la bonificación que rige en Segovia me eximirá de gran parte.

gracias

Efectivamente, una bonificación del 99% implica muy poca cuota o cero.

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