Donación en perjuicio de acreedores?

He firmado hace poco junto con mis dos hermanos la aceptación de la herencia de mi madre fallecida en mayo de 2011. Ninguno de los tres sabíamos que la Junta de Extremadura cobra el impuesto de sucesiones si no se declara voluntariamente en plazo, por lo que se nos ha pasado y ahora tenemos que pagar de impuesto 6.000 euros cada uno. La herencia es una casa de 1.400 metros cuadrados en un pueblo pequeño y lleva dos años en venta con muy pocas posibilidades, ya que hay que hacerle muchas reformas.
El asunto es que aunque mis hermanos tienen todavía ciertas esperanzas de venderla algún día, a mi ya se me han agotado y quiero deshacerme de esa carga antes de que me cobren el impuesto si es posible. Al enterarme de que una aceptación es irevocable, no me queda mas remedio que donar mi parte a otra persona. Estoy intentando convencer a mis hermanos para ver si alguno de ellos la acepta a cambio del impuesto y los costos que conlleve la donación, pero ellos tampoco tienen mucho dinero y puede que no quieran.
En el supuesto de que ninguno de mis dos hermanos acepte mi parte y yo quiera donarla a otra persona, ¿haría falta la firma de mis hermanos? ¿Se consideraría una donación en perjuicio de acreedores? ¿Qué podría hacer yo entonces para deshacerme de mi parte?

2 Respuestas

Respuesta
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Aun en el caso de que usted transmita su parte de la herencia de su madre, no le exime del pago del Impuesto.

Por otra parte, me resulta extraño el coste del Impuesto, salvo que el valor de la vivienda en cuestión sea superior a 375000 euros, que puede ser.

Respuesta
1

Error... la Junta de Extremadura, como todos los gobiernos autonómicos, cobra recargos y multas a quien no declara el impuesto en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento del difunto.

Aclarado este punto, decirte que os toca pagar el impuesto se venda, no se venda, os quedéis la casa para vosotros o no y, dadas las circunstancias, deberéis afrontarlo, con VUESTRO PATRIMONIO, ya no vale que lo detrigais de la herencia, so pena de incurrir en nuevos recargos o que os lo "quiten" por vía de embargo (que pueden).

Es perfectamente admisible que le dones tu parte de la casa, con el "impuesto" a un hermano, pero también es "normal" que no te lo acepte y, deberás hacer frente al impuesto, antes de transferir la casa a un tercero. Me temo que no te podrás librar...

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