¿Es necesario otorgar poderes a un abogado para cobrar una herencia en un ciudad distinta a la mía?
Mi abuelo falleció y los 22 herederos vivimos dispersos por la geografía española. Tengo la posibilidad de desplazarme a Madrid a firmar los papeles que haga falta un par de veces al año, pero parte de la familia ha contratado un abogado y quieren que los demás les firmemos poderes. Yo no quiero contratar un abogado para que firme por mí pudiendo hacerlo personalmente, ya que mi economía es bastante ajustada y no puedo permitirme pagar uno. Me han enviado una carta en la que me urgen a firmarles el poder y me dicen que si no lo hago voy a tener que realizar muchos viajes para firmar diversos papeles: liquidación de impuesto de sucesiones, notaría, registro de la propiedad, bancos... Etc...
Mi pregunta es
Teniendo en cuenta que estos abogados ya están siendo pagados por hacer los trámites generales de la herencia que son comunes a todos los herederos:
¿Es necesario en mi caso tener un abogado, y debo firmar ese poder, o puedo viajar un día a Madrid y hacer las gestiones que proceda por mi cuenta?
¿Tantas firmas presenciales son necesarias realmente, o están exagerando para convencerme de que les firme un poder? ¿No hay alguna otra forma, correo certificado, o a través del gobierno civil de mi ciudad u otros, de hacer el papeleo sin tener que desplazarme?
Se puede hacer un poder en cual una persona designada pueda cobrar la herencia y cambiar el cheque ya que el heredero no esta en el país donde se están haciendo los tramites - Zoraida Ayala