Puedo ceder mi parte de herencia

Puedo ceder la parte de herencia que me corresponde, a favor de una tercera persona a cambio de que corra con los gastos. Mi pretencion es desentenderme de la casa legalmente. Hay un segundo heredero legal que vive en la casa, mi hermano. Nuestros padres fallecieron hace unos años.

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No puedes ceder la herencia. Puedes aceptarla o rechazarla. Lo que sí puedes hacer es aceptarla y en el mismo acto, conociendo el importe de los gastos que genera, realizar una donación a favor del tercero, y que él, te abone el importe de los gastos, en notaría y oficina liquidadora (que el notario provisione alto y punto). ¿Qué puede suceder? Que si el valor de lo heredado es muy alto y haces una donación, luego tendrá que pagar unos impuestos, sobre la misma.

en ese acto mi hermano tiene que aceptar su parte de la herencia, o lo puedo hacer solamente yo con mi parte.tengo entendido que al aceptar la herencia de una vivienda como es el caso.tienen que aceptar todas las partes y si fuese el caso escriturar una tercera persona, en caso de venta por ejemplo. muchísimas gracias y un saludo.

¿Tu hermano no está dispuesto a aceptar la herencia?

Está viviendo en casa, lo que representa una aceptación tácita.

En principio todos los herederos deben aceptar, y si alguno se niega se debe solicitar ante el juez que se manifieste, lo que complica las cosas porque se demorará y el procedimiento judicial añade un coste.

Habla con tu hermano y comunícale que si no acepta o renuncia, solicitarás su pronunciamiento mediante interpellatio in iure, solicitando la condena en costas. A ver si así, se molesta en ir al notario.

Entiendo que al estar viviendo en casa de tus padres, lo mismo le da... Mientras tanto, la herencia es yacente y tú sigues siendo heredero por lo que puedes utilizar la casa del mismo modo que lo hace él.

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