Comercial de Exportación estresada!

Buenos días,
Empecé a trabajar en una empresa que se rige por el Convenio de industria transformadoras de materias plásticas el 1 Oct. 2002 con contrato duración determinada 6 meses. Categoría: Jefe Admtivo.de 1ª, a tiempo completo de L a V - 40 horas. Semanales.Al término de los 6 meses, se realiza conversión de contrato temporal en Indefinido.
El caso es que estoy especializada en Comercio Internacional (Licenciada) y el puesto sería para Comercial de Exportación. Por mutuo acuerdo, a una compañera anterior le pagaban cada vez que realizaba un viaje al exterior. ¿Después de muchos tira y afloja a partir de Enero 2004 se quedo que todos los meses se ingresaría una cantidad de 260?, tanto a mí como a mi compañera, que realiza toda la Gestión Administrativa de Exportación. La cuestión es que yo me paso bastante tiempo viajando fuera de España y siempre he solicitado a Dcción que cuando pasara más de 7 días fuera, me concediera el día siguiente de mi regreso de descanso (según ley corresponde 1 día y medio!) Esto ha sido motivo que la empresa quiere poner la siguiente medida: 1. NO SE PAGA POR VIAJAR AL EXTERIOR y 2. CADA DÍA FESTIVO (SÁBADO Y DOMINGO) SE REEMPLAZA CON UNO LABORAL. ¿Hasta qué punto es esto legal? ¿Me puedo negar a viajar con el Contrato que tengo firmado de L a V por 40 horas?.. Lo cierto es que ahora (desde hoy, 8) estoy de baja laboral y con stress! ¿No entiendo porqué una empresa trata así a un trabajador/a q hizo el año pasado en nuevos clientes 347.000? Y he superado objetivos. Y me penalizan q tampoco se me pagan comisiones (0.3% sobre objetivos alcanzados)... Agradecería su ayuda. Lo cierto es que estoy desmotivada y no entiendo la política de querer exprimir al máx. Posible. Yo ya no puedo más!

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Querida amiga:
No puedo contestarte a la pregunta, pues desconozco en qué CCAA resides.
Aclarame dicho punto. Además, dices que la ley te permite un día y medio de descanso posterior a un viaje, dime ¿dónde se establece dicha cuestión? ¿Es en el convenio?.
Estoy en la C. Valenciana. Concretamente Alicante. Perdona si te he enviado la pregunta 2 veces, mea culpa!. Ref. el descanso de día y medio por cada 7 me lo comentó un asesor amigo de la familia. No, en el convenio no está.

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