Incapacidad permanente total

Buenos días!
Tengo 55 años y hace un año y medio el juzgado de lo social me reconoció una incapacidad permanente total con sentencia firme. Yo trabajaba como personal laboral fijo del ministerio de defensa y era operario de limpieza, después de la sentencia solicite varios puestos de trabajo y no me han dado ninguno de ellos, sin embargo sé que otras personas a las que se les ha declarado la incapacidad igual que a mi posteriormente ya han sido recolocadas por el ministerio de defensa.
Tengo los mismos derechos reconocidos por el juez que estas personas que ya han sido recolocadas posteriormente, ¿hay un plazo en el que debería haber sido recolocada por defensa? ¿Pueden colocar a otras personas que posteriormente han tenido sentencia o tengo preferencia?
¿Qué puedo hacer para que me asignen un puesto de trabajo, si ya he formulado las solicitudes y ha pasado 1 año y medio sin respuestas?

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Le comento:
Estudiado su caso, según la normativa aplicable de seguridad social no existe ninguna obligación por parte de la empresa de readmisión o recolocación de dicho trabajador en caso de que se le reconozca una incapacidad permanente total. No existe un derecho de preferencia al haberse extinguido su anterior relación laboral. Este derecho solo subsiste en caso de que el trabajador solicite una excedencia voluntaria. Por lo que, en su caso, la empresa ha roto el vinculo que le unía con usted, y no tiene ninguna obligación de contratarlo con preferencia sobre otras personas. Siento no darle buenas noticias.

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