Calendario laboral

Hola, después de varias peticiones a mi jefe del calendario laboral, me ha dado uno en el que a final de año acabaría debiendo 112 horas.
Según el, esas horas las tengo que recuperar en los días de descanso, cuando a el le venga bien y sin avisarme con tiempo, ya que empiezo los descansos o un día antes y me dice que tengo que ir tal día.
¿Tiene derecho a eso? Y de acabar el año debiendo horas ¿qué pasaría? ¿Se me acumulan al año siguiente?
Gracias.

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1
Lo primero es que el calendario laboral tiene que estar pactado con la representación de los trabajadores.
Lo segundo es que tus días libres (los que diga tu convenio) y tus festivos y tus vacaciones no te los quita ni Dios. No son compensables económicamente. Si quisieras trabajar una hora en festivo/libre/vacación esa hora se debería compensar con otra hora libre, por lo cual te quedas igual.
Además, el convenio marca una jornada MÁXIMA, pero no es obligatoria. Es decir, si tienes el papelito firmado que dice que vas a trabajar 1650 horas pues ya tienes una prueba. Si quiere puede ampliártelo como quiera, pero respetando siempre los días libres/festivos/vacaciones, respetando las separaciones entre turnos (12 horas entre días), nº máximo de horas por día y turno que marque tu convenio, etc.
www.laboro.es.gd
Muchas gracias
Primero de todo, ¿quién dice que debes horas? La jornada máxima anual la marca el convenio aplicable. No existe eso que todo el mundo dice de "40 horas por semana".
Mira tu convenio y descubrirás que probablemente tu jornada esté en torno a las 1800 horas anuales. No sólo eso, sino que también te marca el nº de días que hay que librar por semana, los pluses que hay que cobrar.
Si CONTANDO CON LAS HORAS EXTRAS te pasas de jornada y no te debe nada por ningún otro concepto entonces habría que pactar por adelantado cuándo se realizan esas horas, pero desde luego que es abusivo eso de decirlo de un día para otro.
www.laboro.es.gd

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