Excecencia para cuidado de hijo recién nacido

En estos momentos estoy de baja por maternidad. Mi intención es pedirle a la empresa una excedencia para el cuidado de mi bebe.
Se que tengo la posibilidad de pedir hasta 3 años por este motivo, pero ¿cuál es el tiempo mínimo que puedo pedir? ¿Puedo pedir ahora 2 meses e ir pidiendo prorrogas en función de mis necesidades hasta alcanzar el tiempo que me interese? ¿Cuántas prorrogas puedo pedir?
Por favor, es muy urgente su respuesta porque en función de ella, tengo que plantearme mi tiempo.

1 Respuesta

Respuesta
1
Estimada anaixisca:
En el supuesto de maternidad, que es el tuyo, se establece legalmente que la trabajadora tendrá derecho a un descanso de 16 semanas, que se disfrutarán ininterrumpidamente, ampliables en caso de parto múltiple.
El período de descanso se distribuirá a opción de la interesada, siempre que 6 semanas sean inmediatamente posteriores al parto. No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que el padre y la madre trabajen, ésta al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el padre disfrute de una parte ininterrumpida del período de descanso posterior al parto, bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre.
Esto que señala la ley puede verse mejorado por tu convenio colectivo. Ahora bien lo que cabe pedir que me imagino que es a lo que te refieres es una excedencia voluntaria cuya duración también se regula normalmente por convenio.
Esta excedencia, a diferencia de la contingencia de maternidad no lleva aparejada la percepción de prestación alguna, ni siquiera se regula el derecho a la reserva de puesto de trabajo sino una simple expectativa de este derecho. En cualquier caso la duración de esa excedencia no podrá ser superior a tres años a contar desde la fecha de nacimiento ( con lo que serían realmente dos años de excedencia voluntaria ya que el primero, que es el inmediatamente posterior al parto se entiende como excedencia forzosa )
Para más información al respecto, por favor no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de todoexpertos o en la dirección de nuestra experta en Seguridad Social [email protected]
Mi pregunta es si pudiendo pedir un máximo de 3 años de excedencia por cuidado de hijo puedo ir pidiendo por escrito, por ejemplo ahora 2 meses e ir haciendo sucesivas prorrogas hasta agotar el plazo que me interese (dentro del máximo legal, se entiende)
" ¿Existe la posibilidad de ir pidiendo sucesivas prorrogas o no ?? "
Ya le hice la ampliación de mi pregunta el día 04/04/2002. unicamente deseo reiterarla porque todavía no he obtenido una respuesta.
Muchas gracias
Estimada anaixisca:
El período de baja por maternidad es de 16 semanas.
Las primeras 6 semanas descansa obligatoriamente la madre, de manera ininterrumpida e inmediatamente después del parto.
Tras estas 6 semanas, restan 10 y, la madre tiene que decidir como se van a disfrutar, pudiendo optar por disfrutarlas ella, el padre o los dos simultáneamente, pero siempre se disfrutarán de manera ininterrumpida e inmediatamente después de transcurridas las primeras 6 semanas.
Agotada la baja, se puede solicitar una excedencia, que puede ser de como máximo 3 años, en cuyo cómputo entra el período de baja ya disfrutado, porque esos tres años se cuentan desde el momento del nacimiento. Estamos hablando de tres años naturales desde ese momento, por lo que el tiempo para solicitar la excedencia empieza a transcurrir desde el agotamiento de la baja aunque ésta no se solicite.
De esta forma, agotada la baja, podrás pedir una excedencia por el tiempo que quieras, siempre inferior al máximo legal, pero una única excedencia no varias solicitadas de manera intermitente hasta agotar los tres años.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas