Baja laboral y disfrute de vacaciones

Buenas noches, mi problema es el siguiente:
Trabajo en una ingeniería y debido a una intervención quirúrgica estuve de baja entre los días 9 y 23 de marzo, ambos inclusive. Mi empresa fija unilateralmente el calendario laboral (sin negociarlo con delegado de personal o comité de empresa, ya que no existen y somos más de 70 personas), y señaló como vacaciones de Semana Santa los días 21, 22, 23 y 24 de marzo. La empresa abrió esos días y trabajó gente. Como tres de esos días estuve de baja, al reincorporarme solicité su disfrute y la persona que actúa como enlace con la Gestoría (porque no existe propiamente un departamento de RRHH), me dijo que habló con la Gestoría y que le dijeron que no me correspondían, que esos días los había perdido por estar de baja. Esa fue su respuesta y no me ha justificado legalmente, ni de ninguna otra forma esa decisión. ¿Es eso cierto? ¿No me corresponden esos 3 días estando 10 días antes de la fecha del comienzo de las vacaciones de baja y aunque se fijasen esos días para todo el mundo, la empresa no cerró y continuó trabajando? ¿Me han dicho que aunque? No me correspondan, ¿me los darán igual?.
Gracias de antemano.

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-Te informo que una empresa de 50 o más trabajadores puede constituir un comité de empresa.(Art. 63 E.T.)
-Se señala dichos días como disfrute de vacaciones y tu te encuentras de baja y no puedes realizarlas.
Debes de leer los artículos conciertes de vacaciones dentro de tu convenio colectivo, también hay que saber si es estatal, autonómico o propio de tu empresa.

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