Preaviso de 15 días

Resulta que he estado trabajando en una empresa de informática como programador en la que tenia firmado un contrato pot obra y servicio con una clausula de preaviso de 1 mes.
No hay representante sindical y yo he avisado con 12 días de que dejo la empresa y me quieren quitar del sueldo del finiquito 18 días que completan hasta los 30 que me requieren, el convenio es el de oficinas y despachos donde pone en el art 26. Ceses que debo avisar con 15 días sin especificar laborables o no.
¿Cómo debo actuar para reclamar ese dinero, firmo el finiquito o pongo no conforme? ¿Es posible que no me paguen nada si decido poner no conforme? ¿Y para acudir a un abogado de oficio que necesito?

2 respuestas

Respuesta
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He mirado el convenio de Oficinas y despachos. Por tu apellido he supuesto que estás en el de Cataluña, pero los ceses los tengo en el art. 37. Bien, si estás en el grupo profesional I debes avisar con 30 días de antelación y la empresa tiene derecho a descontártelos de la nómina si no los cumple; si no perteneces al grupo profesional I tienes que dar tan solo 15 días, por lo que la empresa sólo podría restarte en ese caso 3 días. PONGA LO QUE PONGA el contrato. Piensa que las cláusulas de un contrato no pueden empeorar jamás el convenio o en su defecto lo que dice el Estatuto de los T.. Y si se ponen tontos y no te quieren pagar te vas a UGT o C.C.O.O. el que más rabia te dé que te dirán donde debes dirigirte, en cualquier caso si no te pagan lo que deben no se te ocurra firmar el finiquito, sólo puedes firmar la carta de ceses, nunca un finiquito si no estás de acuerdo con él.
Un abrazo y suerte!
No es que resulta que estoy en Madrid y es el de aquí de oficinas y despachos del 2005 en el articulo 26 que pone 15 días sin especificar si son laborables o normales.
Muchas gracias por la respuesta me has ayudado un montón, gracias y un saludo
De nada, pa eso estamos!
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El período de preaviso es el que diga en convenio. En tu caso 15 días NATURALES. Además, no se puede descontar sin más los días que faltan, sino que la empresa debe DEMOSTRAR en el juicio que hubo un perjuicio económico por tu falta. Por ejemplo, si alguien te sustituyo con tiempo no hay caso.
El finiquito da igual que lo firmes o no. Tienes 20 días para reclamarlo. Calculo todo lo que te deben, no solo de finiquito, de los últimos 12 meses y vas al juzgado de lo social a poner una reclamación de cantidad donde te explicarán que primero hay que poner un acto de conciliación.
Para casos de lo social NO ES NECESARIO ABOGADO. Pero si quieres uno de oficio se pide en el mismo juzgado o en el colegio de abogados.
www.laboro.es.gd

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