Laboral
Hola:
Buenas, el día 21 de diciembre resolvieron mi juicio como despido improcedente y la empresa me reincorporo, en la sentencia pone que deberán pagarme los salarios desde el despido hasta el día de hoy. El día siguiente les comunique por escrito que me mandaran un extracto de lo que me tenían que dar para revisarlo y mirar si estaba de acuerdo han pasado 9 días y ni me han avisado. ¿En cuánto tiempo me deberían abonar los salarios de tramitación? Si no lo hacen como debo proceder ¿puedo optar por la opción de rescindir el contrato con indemnización?
Durante 5 años he estado desempeñando mis servicios en una entidad financiera y para completar las horas para llegar al convenio me mandaban un fin de semana al mes siempre en la misma bodega. Al declararse el despido improcedente pone en la sentencia que de readmitirme, como así lo han hecho, deberán hacerlo en las mismas condiciones que anteriormente al despido. Efectivamente me han reincorporado en la entidad financiera pero me ponen a trabajar los 4 sábados del mes en un centro comercial cuando en los años anteriores al despido improcedente nunca he trabajado en un centro comercial y siempre libraba 3 fines de semana al mes.
¿Estarían incumpliendo el estatuto de los trabajadores y la sentencia? ¿Cómo debo proceder? Gracias
Buenas, el día 21 de diciembre resolvieron mi juicio como despido improcedente y la empresa me reincorporo, en la sentencia pone que deberán pagarme los salarios desde el despido hasta el día de hoy. El día siguiente les comunique por escrito que me mandaran un extracto de lo que me tenían que dar para revisarlo y mirar si estaba de acuerdo han pasado 9 días y ni me han avisado. ¿En cuánto tiempo me deberían abonar los salarios de tramitación? Si no lo hacen como debo proceder ¿puedo optar por la opción de rescindir el contrato con indemnización?
Durante 5 años he estado desempeñando mis servicios en una entidad financiera y para completar las horas para llegar al convenio me mandaban un fin de semana al mes siempre en la misma bodega. Al declararse el despido improcedente pone en la sentencia que de readmitirme, como así lo han hecho, deberán hacerlo en las mismas condiciones que anteriormente al despido. Efectivamente me han reincorporado en la entidad financiera pero me ponen a trabajar los 4 sábados del mes en un centro comercial cuando en los años anteriores al despido improcedente nunca he trabajado en un centro comercial y siempre libraba 3 fines de semana al mes.
¿Estarían incumpliendo el estatuto de los trabajadores y la sentencia? ¿Cómo debo proceder? Gracias
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