Descuento en sueldo baja laboral

¿Baja laboral, reduce sueldo?
El día 25 de abril acudiendo a mi lugar de trabajo, me hice un esguince de rodilla, me dieron la baja. He estado hasta el día 6 de mayo incluido. Cuando hablo con mis compañeros, veo que he cobrado 90 y pico euros de sueldo menos. ¿Es correcto?
Mi convenio es el de oficinas y despachos de madrid.
http://www.comfia.net/madrid/pagweb/854.html

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La IT la tienes regulada en el art. 24.
Pero no dice nada de accidente laborales, como es tu caso por ser in itinere.
Por lo tanto deben abonarte al menos el 75% de tu base reguladora.
Que es la base de cotización de contingencias profesionales del mes anterior a la baja entre 30 días, tendrás la base diaria y a esta le aplicas el 75% desde el día siguiente al accidente.
Pero la baja, ¿no la paga la mutua? ¿Si se supone que es en los 4 primeros días no me pagan el 100% por no haber ternido más bajas?
Muchas gracias por contestar
La baja la paga la mutua o la seguridad social (con quien tenga contratado la empresa) desde el primer día de la prestación.
Yo te he indicado lo que marca la Ley General de la Seguridad Social, porque en tu caso no he visto nada en el convenio, el convenio habla de enfermedad o de accidente no laboral, no de accidente laboral.
Y en función de este artículo no puedes exigir a la empresa una mejora sobre la prestación de accidente.

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