Plazo para reclamar la indemnización de Convenio

¿Qué plazo hay para reclamarle a la Empresa la indemnización fijada en Convenio por accidente laboral con resultado de incapacidad permanente total?

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En estos casos, siempre hay que buscar primero lo que pueda establecer el convenio colectivo, que es la primera fuente jurídica de la que bebe el trabajador, en el caso que el convenio no recoja nada al respecto, entiendo que son de aplicación los periodos procesales de caducidad que para reclamaciones dinerarias son de un año como regla general.
Muchas gracias, pero necesito una aclaración, el plazo es de un año para reclamar, ¿desde qué se produce el accidente? ¿Desde la declaración de incapacidad? ¿Desde el final del procedimiento penal abierto al respecto? Y si por desconocimiento del trabajador se deja pasar el plazo de un año ¿ya no puede reclamar nada? ¿No se supone que el Convenio obliga a la Empresa y por el hecho de figurar la indemnización en el mismo debería aplicarlo de oficio sin necesidad de reclamación del trabajador?
Si la indemnización está fijada en el convenio y se tiene derecho a esta por causar incapacidad permanente, se puede reclamar a la empresa desde el momento en que el INSS declara la incapacidad permanente, a partir de ese momento ya se puede reclamar a la empresa el pago, y a partir de ese momento empezaría a contar el plazo de un año, para en todo caso hacer efectiva la demanda por impago de dicha indemnización.

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