Sobre las gratificaciones extrordinarias(pagas)

Habiendo faltado algunos días al trabajo por baja médica,¿es legal que te descuenten los días faltados de la nómina(sueldo del mes correspondiente)y a su vez de las pagas extras?.
En mi contrato figuro en el convenio del comercio del metal, pero la actividad que desarrollo(oficial maquinista de retroexcavadora, en el contrato también figuro como tal)no pertenece a ninguna de las profesiones que se mencionan dentro de dicho convenio,¿es legal?.
Muchas gracias por adelantado
Un saludo

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1- Tu convenio es metal, no comercio, y te tienen que pagar en función de tu categoría del convenio del metal.
2- Si es baja por enfermedad común o accidente no profesional no se cobran los tres primeros días, a no ser que el convenio les obligue a pagarlos. A partir del 4º día si se cobra. Pero si es baja por enfermedad o accidente profesional se cobra el 100% desde el día 1.
Si por cualquiera de las dos cosas te deben dinero puedes demandarlo legalmente, junto con las diferencias salariales de los últimos 12 meses.
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