Vacaciones en días naturales

Buenas tardes,
Trabajo con Encargada en una empresa de limpieza, nuestro convenio nos dice que tenemos derecho a 34 días naturales de vacaciones con posibilidad de fraccionarlas en dos.
Mi pregunta es: Tengo una señora que me solicita las vacaciones del día 11 al 29 de agosto (viernes). Entiendo que como son días naturales las vacaciones deberían de computarle hasta el 31 (domingo) osea 21 días de vacaciones y no 19 como ella pretende. ¿Es correcto? En caso de que así sea, te importaría darme un texto de referencia para poder enseñárselo y que la cosas no fueran más allá de lo normal.
Muchas gracias por todo

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En primer termino deberíamos referirnos al convenio aplicable (limpieza) de la provincia donde este la empresa, ya que en ocasiones se indican precisamente este tipo de cuestiones.
Si no existiera indicación en concreto, nos encontramos ante el problema de que la norma superior, el estatuto de los trabajadores, no indica nada en concreto sobre la fecha de inicio.
El planteamiento que me refiere es correcto, puesto que para que las vacaciones se "corten" debe existir una incorporación efectiva y real al puesto de trabajo, algo que si se producen las vacaciones hasta el 31 viernes, no se produce ya que ese día no tendrá que trabajar hasta el día 3 de septiembre.
Una "medio solución" podría ser dejar esa incorporación para el jueves 30, trabajar el 31 y empalmar con el fin de semana, así de paso tiene tiempo de pasar el síndrome postvacacional con tranquilidad je je.
Un saludo
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