Cotización a la S.S. Durante el paro

Si un trabajador por cuenta ajena lleva cotizando más de 10 años por el máximo y accede al paro con derecho de prestación, ¿el Inem sigue cotizando también por el máximo mientras dure dicho derecho?, si después pasa a cobrar el subsidio, ¿qué ocurre con la cotización a la Seguridad Social?

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Si pasas a cobrar del desempleo, cobras un porcentaje de lo que cotizabas, en tu caso si cotizas al máximo, algo menos, ya que el paro máximo que se puede cobrar es del doble del salario mínimo interprofesional (600 que multiplicado por 2 son 1200 euros), y la cotización máxima pasa los 3000, por lo que al 70 % o el 60 % de paro es mayor que el máximo, pero la cotización es la misma sobre la que se te ha calculado.
O sea, que aunque en el paro cobres mucho menos de lo que cotizabas, sigues cotizando lo mismo que antes que será lo que se tenga en cuenta, por ejemplo, en una jubilación.
Me queda perfectamente claro lo que ocurre mientras se cobra el paro, también desearía saber que ocurre si lo que se percibe es el subsidio una vez agotado aquél (el paro).
Gracias por la respuesta.
Si al subsidio te refieres a ayudas por no tener ni paro ni trabajo, estas son cantidades fijadas, creo que son menos de 300 euros, y dependiendo de las necesidades de cada uno te la conceden o no (antes se llamaba ayuda familiar). No son contributivas, por lo que cobra lo mismo una persona que ha cotizado 3000 euros al mes como una que ha cotizado 700. Entonces no cotizas como antes, estas prestaciones no son contributivas ( no se cobran a razón de lo que cotizas). Son digamos una "limosna" oficial que se te da para que no pidas limosna por la calle, para entendernos.
Creo que ete refieres a eso.
En realidad mi pregunta está relacionada con la cotización a la seguridad social de cara a la jubilación definitiva pues no sé si en una situación de agotamiento del paro se sigue cotizando o no (o si alguien lo hace por el trabajador).
Gracias de nuevo.
Pues la verdad es que no, después de cobrar el paro no sigues cotizando, a no ser que pagues tu la cotización que también puedes hacerlo, para lo cual debes ir a la atención del cliente de la seguridad social e informarte.
Es importante la cotización, ya que dependiendo de los años cotizados tienes más porcentaje de jubilación, además has de tener en cuenta que el cálculo se hará sobre los últimos 15 años.
Pero entre la finalización del paro y el inicio de la jubilación, si no lo cotizas tu, no se te cotiza, y a la hora de realizar el cálculo, esos años si están dentro de los 15 últimos se te calcularán en base al salario mínimo interprofesional (600 euros al mes).

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