Paro antes de jubilación

Mi padre tiene 62 años y ha sido despedido ahora por su empresa. Tiene derecho a 2 años de paro y tiene cotizados 32 años (aunque lleva trabajando unos 45 años, distintos empresarios parece que se la jugaron, y en su vida laboral sólo aparecen un total de 32). La situación en la siguiente:
- Cumple los 65 años en octubre de 2011
- Los 2 años de paro se le cumplen en enero de 2011
- Llegaría a los 35 años cotizados en agosto de 2011
¿Cuál es la mejor solución para que le quede el 100% de jubilación? ¿Volver al trabajo en enero de 2011?
Si tiene una baja por enfermedad, dado que deben operarlo de una rodilla, ¿se interrumpiría el computo de los 2 años y llegar así a los 65 cotizando sin necesidad de volver a trabajar?

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Y buenas tardes
A tu padre, por lo que comenta, lo mejor para el seria, que cobrara el paro, hasta que le llegue la edad de su jubilación.
Mientras cobre el paro, por el que cotizo, es decir esos dos años que le han concedido, su base de cotización para su jubilación, sera la misma que la que tenia en la empresa, por lo tanto no pierde absolutamente nada, seguirá cotizando.
Después de esos dos años, es decir en el 2011, que siga percibiendo el subsidio, hasta que cumpla los 65 años, y se jubile, que le seguirán cotizando para eso, desde el desempleo.
Cuando cumpla los 65 años, se jubilara con el 100%.
De todas formas, preguntale a tu padre si pudo haber cotizado antes de enero dl año 1967, si pudo ser así, que pida por escrito a la Tesorería General de la Seguridad Social, un informe de toda su vida laboral. Ya que los periodos cotizados antes de esa fecha, no están informatizados, por lo que tendrán que buscarlos de forma manual en sus archivos.
Aun mantengo la pregunta como activa, por lo que si la das por terminada.
Gracias por la rapidez en la contestación!
Todo supur claro!
Solo tengo una duda, perdona por la ignorancia, pero después de los 2 años que le han concedido, ¿hay otro subsidio para esos meses por los que también seguirá cotizando?
Gracias otra vez
Nada que perdonar, y no es ignorancia, porque si fuera eso, yo tendría un capazo.
Si claro que lo hay, cobrara el subsidio especial, hasta que se jubile, y mientras cobre ese subsidio, pues le da tiempo para ir preparando la documentación, de forma que cuando llegue a los 65 años, se jubile como dios manda.

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