Cese por interinidad

¡Urgente!
Hola expert@: Me urge información sobre mi situación laboral. He trabajado durante 4 años con una interinidad en la consejería de educación de Canarias. Por promoción interna la plaza que yo ocupaba ha sido adjudicada. La persona en cuestión no se incorpora porque ha pedido excedencia. Ha mi me han cesado copn posteriridad a la petición de la misma. Mi pregunta es ¿Tengo derecho a continuar ocupando esa plaza, puesto que la titular no se incorpora? Gracias
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En primer lugar debes consultar tu contrato de trabajo, en este indicará el motivo de la sustitución, si indicara que ocuparás el puesto de trabajo hasta la adjudicación de la plaza tu contrato finalizaría con la adjudicación independientemente de que el nuevo titular de la plaza se reincorpore.
Hola experto. Exactamente dice: "Para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva". Lo más que meinteresa es saber si me pueden contratar de nuevo hasta que la persona ocupe la plaza. Gracias
Si, claro que pueden volver a contratarte, con otro contrato de interinidad nuevo, durante el tiempo que tarde el dueño de la plaza en incorporarse.
Hola de nuevo expert@: Agradezco muchísimo la información que me das, y como sigo sin terminar con la cuestión, te hago una nueva pregunta.
1ª ¿Es obligatorio que la empresa en la que estábamos contratados nos envíe en plazo lo certificados de empresa para poder solicitar la prestación por desempleo? ¿Qué gestiones tendría que hacer en caso de que llegara en plazo?
2ª Es legal que para el personal laboral de la Consejería de Educación de Canarias, en el caso que me vovlvieran a contratar en el mismo puesto para cubrir la excedencia de la propietaria de la plaza, ¿no lo hiciernan como interina sino como sustituta?
¡Muchísimas gracias!
P.D. : No te sorprendas si te sigo haciendo preguntas, tal como está el terreno laboral hay que ser verdaderamente experto para no acabar muy fastidiado. Cada vez lo tenemos, sobre todo los de abajo más complicado.
La empresa debe darte la documentación en el momento que finalice el contrato, simplemente tienes que ir a una oficina de empleo (INEM) con la documentación para tramitar la prestación de desempleo.
El contrato de interinidad es un contrato de sustitución, técnicamente se llama de interinidad, pero estamos hablando de lo mismo.
Si me puntúas y me cierras la pregunta no podré responderte, tengo en cuenta si me vuelves a preguntar, te agradecería que puntuaras la pregunta y si tienes dudas vuelvas a abrir otra nueva para evitar la saturación de preguntas pendientes.

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