Retribución de transporte

La empresa para la que trabajo, a cambiado de domicilio.
Antes estaba ubicada en Coslada, ciudad en la que vivo yo y en la que vivía cuando me incorpore a dicha empresa, y ahora se ha ido a Meco.
Mi pregunta es: ¿Están obligados a pagarme el gasto del transporte al haber cambiado de ubicación y irse a 20 kilómetros de la ubicación anterior?
Yo les había reclamado el importe del tren de Coslada a Meco, ida y vuelta o en su defecto el Abono transportes, y me han dicho en la empresa que al no cambiar de provincia no tienen porque pagarme nada.
Muchas gracias.

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En efecto no existe en tu caso movilidad geográfica. Unicamente te queda mirar en tu convenio si se contempla algún tipo de gasto de transporte, y sino, no hay nada que hacer.
Mi convenio es el de transporte por carretera y según tengo entendido deben pagar el transporte si cambian de municipio.
Te recomiendo entonces que mires bien tu convenio, y si dice algo al respecto, obliga a la empresa a cumplirlo. Pero vuelvo a repetir, es diferente la movilidad geográfica que los pluses de transporte por carretera, por distancias kilométricas.
Siempre recomiendo a todo trabajador que estudie bien su propio convenio. Si no lo tienes obtengo a través de algún sindicato.

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