¿Puedes negarte a un traslado fuera de tu provincia?

Tengo un hermano que trabaja en una empresa de ingeniería, de control de calidad de hormigón, relacionado con la construcción. La sede está en MAdrid, pero en los últimos años, debido a la escasez de trabajo, han salido obras en otras provincias, y como mi hermano se ha negado a ir por problemas personales, siempre habían mandado a otros compañeros. Ahora ha salido una obra grande en Soria, de 1 año y medio, y el jefe le obliga a ir, dice que tiene que ir porque en Madrid no hay trabajo, y que al final el laboratorio donde trabaja acabará cerrando porque no hay nada. El se sigue negando, no puede ir por problemas familiares. ¿Tiene alguna opción? He leído en el foro que si se niega tiene derecho a 20 días por año de indemnización y a paro. ¿Pero no hay nada más? Lleva 15 años trabajando en esa empresa, y 20 días es muy poco. ¿No hay ninguna forma de que el despido fuera improcedente y que le dieran 45 días por año de indemnización?

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La indemnización por rechazo de traslado que obligue a cambio de residencia es de sólo 20 días por año, con un tope de 12 mensualidades. Pero para rechazar el traslado primero tiene que ser trasladado por escrito. Es decir, que mientras que no reciba la orden escrita no se mueve, que se lo deje claro a su jefe. Si lo despide sería improcedente = 45 días por año.
Si finalmente le comunica la orden por escrito tiene que ser con un plazo de preaviso de 30 días, y otro mes que se queda y lo cobra en su ciudad. En un plazo de 20 días desde que reciba la orden puede también oponerse judicialmente al traslado, ya que este tiene que ser por razones justificadas. Por supuesto el traslado tiene que ser a la misma empresa, no a otra del mismo grupo.

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