Baja por ansiedad

Muchas gracias de antemano por la labor tan importante que hacéis. Actualmente me encuentro en situación de excedencia voluntaria en una empresa en la que estoy de baja por ansiedad, mi contrato finaliza en enero. Si sigo de baja hasta que finalice mi contrato, ¿tengo derecho a paro? Si pido la incorporación a la otra empresa en la que era fija, ¿con cuánto tiempo de antelación lo he de hacer? ¿Lo puedo hacer estando de baja? ¿Si no me admiten en la incorporación tengo derecho a paro? Estoy en un mar de dudas. Muchas gracias

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A ver si me aclaro.
Trabajabas en una empresa en condición de indefinido. Pediste la excedencia voluntaria y te la concedieron.
Empezaste a trabajar en otra empresa con un contrato que te finaliza en enero. En esta empresa estas de baja.
Tendrías derecho a paro si has cotizado en la nueva empresa 36o días. En el caso de que lo solicitaras el tiempo que has estado de baja por depresión se te descontaría del nuevo derecho a paro en la nueva empresa, es decir 4 meses de paro. Pero solo si hubieras cotizado los 360 días del nuevo trabajo.
Si no hubieras cotizado los 360 días del nuevo trabajo podrías tener derecho a paro del acumulado en el antiguo trabajo si se acercara la finalización de la excedencia, solicitaras la reincorporación y la empresa te la denegara por escrio. El tiempo que has de preavisar para reincorporarte estará en el convenio colectivo de aplicación.
Finalice y puntúe sino tiene más dudas.

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