Modificación de la reducción de jornada

Necesito ayuda porque mi empresa hace un año me firmo el horario de la reducción de jornada por cuidado de hija menor y ahora me dicen ( a través de un burofax) que va a ser imposible que siga ese horario ya que a la organización de la empresa le viene muy mal pero que están dispuestos a hablar de nuevo horario. Lo que pasa es que el horario que yo elegí en su día es el que necesito hacer. ¿Qué pueden alegar? " Eso que no entiendo bien de " modificación sustancial de contrato por diferentes razones", hasta que punto me lo pueden cambiar si la empresa ya me lo firmo en su día... Qué debo hacer ya que yo no puedo hacer otro horario?Necesito saber algo para no dar un paso en falso porque están...

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La empresa no puede modificarte el horario porque en caso de reducción de jornada el horario lo eliges tú y mucho menos después de que en su momento lo aceptaran.
Si deciden modificarlo se tratará de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en este caso tienes derecho a extinguir la relación laboral con derecho a una indemnización de 20 días por año.
No se si ellos quieren planteártelo de esta forma para ahorrarse costes por despido. En este caso podrías evitarlo no extinguiendo la relación laboral, si no reclamando judicialmente por que la empresa no acepta el horario elegido en reducción de jornada, de esta forma no podrían despedirte ni tampoco cambiarte el horario.
Busca ayuda profesional de forma directa para estar correctamente asesorada y reclamar si fuera necesario.
Muchísimas gracias por la ayuda pero tengo una duda... ¿extinguir la relación laboral la puedo pedir yo? Es que no sé como va esto. LLego años en la empresa.. crees que puede merecerme la pena pedir la indemnización de días. Esepro noticias
Tienes que tener claro si te quieres ir de la empresa o si quieres seguir trabajando.
Si quieres seguir y lo planteas como te comenté la empresa no podría despedirte.
Si quieres marcharte y reclamas judicialmente, salvo que antes lleguéis a un acuerdo, por modificación sustancial tendrías derecho a una indemnización de 20 días por cada año trabajado con un máximo de 9 mensualidades y derecho a desempleo.
En cualquier caso te aconsejo que busques ayuda profesional de forma directa.
Muchísimas gracias por tu ayuda y creo que ya me queda un poco más claro el tema.
Gracias por todos los consejos que das porque ayudan a mucha gente.

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