Trabajo en una empresa desde abril de 2008. Ese primer mes, se me aplicó una retención del 9%, y en los meses siguientes y hasta diciembre, una retención del 8,40%. Mi sorpresa es que en la nómina de enero 2009 aparece una retención del 14%, con el consiguiente descenso en lo que he percibido, claro. La retribución anual bruta es de 21000 euros, el contrato es indefinido por obra y servicio, soy soltera sin hijos ni más cargas económicas. Llevo poco tiempo trabajando, además de que mis conocimientos sobre derecho laboral son prácticamente nulos. Quisiera que se me retuviera lo mínimo para no tener que pagar a Hacienda, ¿cuál sería ese porcentaje según mi retribución? ¿De qué depende? ¿Puede una empresa variar la retención sin previo aviso?
Si precisas de más información para poder asesorarme un poco en esto, te voy diciendo sin problema.
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Respuesta de levantino
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levantino, Experiencia en el mundo laboral, por haber pertenecido a un...
Y buenas tardes Mira para el calculo de la retención sobre el IRPF, en las nominas, siempre es algo difícil de explicar, y por lo tanto también de entender, como todo lo que este relacionado con Hacienda. Para comenzar, el tanto por ciento que se descuenta en las nominas, puede variar a lo largo de un año, varias veces, sin previo aviso, y eso no significa que la empresa lo este haciendo mal. Por lo general, las mpresas a últimos de cada año, nos pasan a los trabajadores una hoja para cumplimentar con los datos personales de cada uno, casado, soltero, con hijos, con cuantos, etc., y se la devolvemos cumplimentada y firmada. Con eso, y con los salarios que el convenio establezca para tu categoría profesional, y para todo el año, se hace una primera estimación del porcentaje a retener en la nomina. Con un programa de hacienda, que se facilita, y que suelen tener las gestorías y asesorías, para estos procesos, cada tres meses, se suelen hacer los cálculos de nuevo, para saber si entre lo que se hizo al principio del año, y lo que haya transcurrido del mismo, hay diferencias o no. Por ejemplo: Si por tu categoría, el convenio dice que tienes que ganar al año 21.000, y por tu situación familiar, etc, etc, que son los datos que facilitamos en el documento mencionado, nos dice que tienen que hacerte una retención mensual de un 9%, de media mensual, recuerda de media todos los meses, con estos datos. Pues por hay empezamos, por el 9%. Pero al cabo de tres meses, como el salario del convenio seguramente ha subido, ya no serian los 21.000 al año, sino unos 22.000. Que hacen las gestorías, pues recalcular de nuevo. Claro como tus ingresos suben, posiblemente tus retenciones también, y ya no serian del 9% de media mensual, sino del 10,20% de media mensual. Que pasa, que como los meses anteriores, solo te descontaron un 9%, y con el nuevo calculo, tienen que descontarte un 10,20%, significa que durante unos meses te han retenido 1,20% menos, por lo que esto que durante unos meses te retuvieron de menos, te lo tendrán que retener en meses posteriores, para compensar, de forma que todos los meses sean del mismo promedio. Recuerda lo que te decía, al final, unos meses más otros meses menos, tienes que tener una media, que la proporciona el programa que te he comentado. Las empresas, son las responsables de estas retenciones ante hacienda, por lo que si lo hacen mal, quienes pagan al final son ellas. Si por cualquier motivo, la empresa retiene menos a sus trabajadores, de lo que debería retenerles, sera la empresa quien haga frente al pago de las diferencias ante hacienda, por eso, al final del año, en los últimos meses, las empresas ajustan los porcentajes, y algún trabajador se lleva una desagradable sorpresa. No se si al final, lo he liado más o no, pero he tratado de explicártelo lo más ejemplar posible. Pero si tienes dudas, sobre si la empresa lo esta haciendo bien o no, puedes acudir a las oficinas de hacienda, para que ellos te revisen las retenciones. Cuando decidas terminar.
Gracias levantino, me ha servido de mucho y entiendo más de qué va esto. Mi último favor sería que me dijeras si el programa al que te refieres es el mismo que el que tiene la Agencia Tributaria en su página web, Retenciones IRPF 2008. Gracias otra vez y un saludo!
Hay más pillao, ja ja, puede que si, pero no tengo ni idea de si es el mismo. Pero intentalo por si acaso, no tienes nada que perder. Un saludo para ti. Y lo siento.