Retención Irpf Nómina

Acabo de entrar en una empresa (contrato indefinido, 18000, soy soltero y sin hijos) y en mi primera nómina me han retenido un 0% de IRPF.
He descargado de la página de Hacienda una aplicación según la cual -creo- me tendrían que retener un 9,77%. Con independencia del porcentaje que sea, según tengo entendido, ellos tienen que hacerme los cálculos y retenerme lo que toque, ¿no? He hablado con el departamento de personal y me dicen que no pero no me dan ninguna explicación. Mis preguntas son:
1. ¿Tienen qué calcularlo y reternerme lo que toque?
2. Con mi salario de 18000 no estoy obligado a hacer la declaración (acabo de terminar los estudios y no he trabajado en ningún sitio más), por lo que, en principio, si me retienen ellos mal, a mí no me puede pasar nada, ¿no? Pero, y si Hacienda se da cuenta, ¿me podrán pedir el dinero? ¿Podría entonces echarle la culpa a la empresa y hacer que lo pagasen ellos?
3. De cara al año que viene he pactado un salario de 24000. Con los límites que hay ahora -creo que 22000- me tocaría hacer la declaración. En este caso, con un 0% de retención, seguro que tengo que pagar a Hacienda. ¿Podría, al igual que antes, pedir a la empresa que lo pagasen ellos?
No entiendo la actitud de la empresa.

2 Respuestas

Respuesta
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La empresa está obligada a retener el mínimo legal establecido por la ley del IRPF, si retuviera menos de esta cantidad el responsable del pago sería la empresa y no el trabajador, por lo tanto, si la empresa ha retenido menos de lo que corresponde el próximo año al hacer tu declaración de la renta informarías de la cantidad que debería ser correcta y Hacienda reclamará lo no retenido a la empresa.
Lo que acabo de comentarte es de forma genérica porque puede haber excepciones, si acabas de entrar en la empresa y tienes un contrato indefinido, la empresa recalcula el % desde la actualidad hasta final de año, y posiblemente el cálculo sea 0, en este caso la empresa podría retenerte un 0% y no estaría obligada a asumir el importe que te tocará pagar el próximo año, llegado enero de 2010 recalcularán de nuevo el IRPF para todo el año y el % se disparará al aproximadadmente 10% que indicas.
Si no has trabajado en ningún otro sitio en 2009 ni cobrado prestación por desempleo no estarías obligado a realizar la declaración y saldrías beneficiado este año.
El próximo año ya verás como el % se incrementará más aun si has pactado un salario superior. Pero de momento debes saber que la responsabilidad no es tuya salvo en el primer año que afortunadamente tampoco estás obligado a realizar la declaración.
Y ya por último, debes saber que si a ti te interesara incrementar tu % de retención (por ejemplo en el caso de pluriempleo o de que hubieras trabajado en otra empresa este año), tienes derecho a solicitar un % superior al retenido por escrito y la empresa no podría negarse.
Respuesta
Has tenido en cuenta que, en 2009, ¿solo vas a trabajar unos pocos meses y por tanto no vas a cobrar los 18000 euros? ¿Has tenido en cuenta los gastos de seguridad social?
He tenido en cuenta los gastos de seguridad social -6,35%-, y ambos conceptos, salario y seguridad social, en cómputo anual, porque el programa devuelve un porcentaje a retener en cada una de las 12 nóminas. Si pongo la parte proporcional de salario y gasto de la seguridad social para 5 meses (desde agosto), el programa calculará un importe a retener al que no llegará porque el tipo que me da es para llegar a una cantidad de retención cuando se aplica durante 12 meses.
Bueno, yo he entendido que funciona así... ¿Es correcto?
Estás equivocado.
Tienes que poner el dinero que vas a cobrar en el 2008, que son 5 meses.

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