Reducción de jornada laboral a través de ERE

El viernes nuestro delegado de personal se fue de vacaciones dándonos un
regalo por email, que nos van a hacer un ERE de reducción de jornada.
1º ¿Qué ha cambiado o en que BOE se puede encontrar?
2º ¿Qué no debo hacer bajo ningún concepto cuando se produzca el anuncio
oficial?
3ª Va a ser mínimo de 10 personas, no de toda la empresa, actualmente
estamos unos 30, ¿Esto es discriminatorio?
4º ¿Cuánto debe de durar para no perder paro?
5º ¿Puedo negarme al ERE? ¿Qué consecuencias tendría? ¿Despido de 20 días?
(Llevo 8 años en la empresa)
6º ¿Hay prioridad para los que están casados y con hijos a la hora de
escoger horarios?, ¿O lo que nuestro "santo patrón" disponga? Da a entender que quiere quitarse de en medio a los más antigüos ( cada día somos más caros)
7º Cuál debe de ser la forma y pautas para presentar el ERE de reducción de jornada, ¿aparte de los
¿15 días de negociación?
8º Se da la casualidad, de que fui hasta hace poco delegado de personal en
mi empresa. Después constituí una sección sindical, en la que estamos 5
personas más el actual delegado personal. ¿Tenemos voz y voto en la ronda de negociaciones? ¿Deben
obligatoriamente entregarnos la documentación también a nosotros?
En realidad creo que a la empresa no la salva este ERE de disminución de
horas para ahorrar en gastos, a costa nuestra y creo que es para finalmente
despedirnos o como uno de mis jefes dice, eliminar a las "manzanas
podridas"…
Y se da la casualidad, la empresa ha cogido subvenciones y fondos públicos ( fondos Jeremi), como pueden justificar un ERE.
Un comentario de a Directoria Financiera al Director General de la empresa:
"Seria justo que toda la empresa estuviera en el ERE", y su respuesta :
"No, serán ciertas personas, no afecta a todo el personal"
Puede ser, que con el comentario de "Eliminar manzanas podridas", ¿quieran quitarse a una serie de personas gratuitamente? ¿Nos podemos negar o forzar que el ERE afecte a todos y no a unos "elegidos a dedo"?
De un tiempo a esta parte, parte de la dirección general de la empresa, no se comunica, mantiene las distancias ( por no decir que obstaculiza el trabajo) de estas personas "non gratas", ¿puede ser esto causa de discriminación?
Se rumorea que va a entrar de la Junta de Andalucia dentro de unas semanas, una inversión de 1 millón de euros, ¿cómo puede afectar este ingreso a la presentación del ERE?
También quieren externalizar áreas, ¿podemos negarnos a formar a gente de la empresa o externa para desarrollar dichas tareas?

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A ver.. lo primero es que la empresa propone un ERE, si tenéis comité o delegado de personal, tendrán que mostrárselo a él (el estar sindicado solo indica que estás afiliado.. para tener voz y voto hay que ser del comité de empresa o ser delegado de personal.
BUeno pues la cuestión es que si excites un representante de los trabajadores y la empresa presenta en el juzgado el ERE sin aprobación o al menos demostrando que se lleva un tiempo de negociaciones, entra la entidad laboral a estudiar el caso, y alargará el tema hasta que probablemente se produzca un acuerdo a menos que la empresa demuestre dicha necesidad...
Si tiene la aprobación del Delegado aún así, la entidad laboral estudia el ERE y lo aprueba o no, es decir tu empresa solo porque quiera no puede ejecutar el ERE... si la entidad laboral aprueba dicho ERE suele ser porque ve pruebas que justifiquen que la empresa tenga que reducir costes.
Para quitarse a los caros... vamos a ver un ERE va con nombre y apellido, quiere decir que hacen una propuesta... estamos en lasmismas... la entidad laboral no permite EXAGERADAS injusticias, tendrá que demostrás cuánta gente y quienes son más prescindibles... y a esos proponer el ERE, si no aceptan se irá con 20 días o con lo que se haya pactado... que normalmente se propone un período voluntario, o se ofrecen mejores condiciones de salida para no tener problemas con esas personas...
Durante el ERE parcial se puede cobrar el paro por el restante de la jornada si se quiere... la emprsea puede negociar algún tipo de acerudo en seg. Social que aunque tu salario esté reducido se cotice como con la jornada completa o similar.. pero pocas lo hacen... pero hay como un año que si te quedas en paro se toma como base la del 100% del salario, no el de la jornada reducida...
No es discriminación si está aprobado por la entidad laboral... el empresario puede establecer criterios (en teoría objetivos) para establecer qué puestos son susceptibles de reducir jornada..
No te puedes negar a acatar una orden de un superior, es falta grave y te pueden echar objetivamente, si tienes problemas y piensas que es"indigno" tendrás que denunciar a la empresa.. y si no denuncia pues tienes que hacer lo que te digan ...
Un ERE se presenta con una propuseta de duración... la teoría es bajar costes y que de tiempo a recuperarse un poco... la entrada de un cliente en ese momento no para el ERE... si la empresa por ejemplo tiene pérdidas puede que una entrada de dinero aunque sea mucho no resuelva los problemas... por lo que A MENOS que la empresa solicite el fin de dicho ERE (nada probable) hay que esperar a que termine.
SOlo tienen obligación de entregar la documentación al comité/delegado ANTES de presentarlo a la entidad laboral... a vosotros se os comunicarán las decisiones...
Todo lo que legisla un ERE está en el estatuto del trabajador y en la reforma laboral de junio de 2010, pero honestamente es complicado de entender... y peligroso leerlo literalmente... mejor que consultéis a alguien del sindicato si estáis dentro que para eso sirve!
¿Qué no debes decir? Bueno pues algo de lo que te vayas a arrepentir o algo de lo que realmente no sepas de qué se habla...
A ver hay ERE´s ilegales está claro... pero los hay reales... hay ERE´s en que las empresas proponen una condiciones superiores a la norma.. que si un empleado rechaza puede que acabe en la calle igual y con mucho menos dinero...
Lo que tenéis que averiguar es si el Delegado está al tanto de todo y si ha participado en la negociación, si no lo hizo podéis impugnar el ERE... si está de aceurdo si ha sido ya presentado...
Las prioridades de elección de horario por estar casado o tener hijos en toxdo caso lo pondría el convenio, un ERE no se mete en esas cosas. Y si existe la preferencia para padres... suele ser para elegir turno si existen turnos... no para nada más... Si cuando te comuniquen tu reducción te ponen que estás por la tarde... pues estarás por la tarde, lo suiento...
Si tu emprsea no ha tenido en cuenta para nada a vuestro delegado de personal... pues que vaya a protestar obviamente porque si no, simplemente que diga que no apoyará un ERE sin negociación y que lo impugnará... y por supuesto hablad con el sindicato!

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