ERE temporal y despidos

Buenas noches.
En mi empresa actualmente se esta aplicando desde el pasado 6 de febrero un ERE de suspensión. A finales de Diciembre nos aprobaron otro ERE pero de extinción de 20 contratos.
Hoy la empresa nos ha notificado al comité que, debido a la ausencia de pedidos y otros problemas se van a ver obligados a adoptar a finales de este mes otra serie de medidas.
Lo que nos tememos es una nueva oleada de despidos. ¿Mi pregunta es si se puede extinguir contratos de personas que actualmente se encuentran en un ERE de suspensión? ¿Van a poder alegar causas objetivas y pagar el mínimo que establece la ley de 20 días? ¿Pueden iniciar otro ERE de extinción?
Muchas gracias por tu respuesta

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Siento decirte que si. Ahora ha de producirse un periodo de consultas, desde el anuncio del ERE de extinción, de un mínimo de un mes entre EMpresa y COmité. En es periodo se negociaran las condiciones de salida (días de indemnización, posibles complementos salariales, planes sociales de prejubilaciones, planes de pensiones, etc) Si hay acuerdo entre ambas partes (suele salir mucha gente voluntaria que se quiere meter en el ERE porque las condiciones pactadas le interesan) la Oficina Terriotiral de Trabajo aceptará el ERE sin problemas. En caso de que no haya acuerdo entre las partes sera la Oficina Territorial quien decida, en caso de aprobarlo la indemnización SOLO seria de 20 días de salario por año de trabajo, y si lo deniega la Empresa tendría que volver a presentar otro.
Buenas noches. Tengo otra pregunta. Resulta que en mi empresa hay una persona afectada por el ERE de suspensión y que por su estado de salud necesitaría estar de baja. ¿Es posible? ¿Cómo le afectan los paros? Muchas gracias
En el caso de que esté de baja por enfermedad común o accidente profesional no se le puede incluir en el ERE, habría que sacarle ya que son incompatibles la prestación de desempleo con la de la Seguridad Social

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