Contrato de relevo denegado

Me han denegado ayer la pensión de Jubilación parcial por contrato de relevo la SS, por "el trabajador relevista tiene contrato temporal de duración determinada en la empresa desde el 1/10/2005 por lo que no puede considerarse válido para el reconocimiento de la jubilación Parcial"
¿Qué debo hacer?
- Presentar nuevos contratos de relevo que sean válidos (exigiéndoselos a la empresa)
- O debo de presentar otra vez todo el expediente con los contratos nuevos (válidos)
¿Cuál es el período para volver a presentar todo?
¿Qué pasa con la pensión y con el dinero que pierdodurante los papeleos?

3 Respuestas

Respuesta
1
Imagino que lo perdido, perdido está ya que debe asegurarse que es válido antes de la jubilación y no al revés. Todo lo que dice es correcto y el tema de exigirlo a la empresa dependerá de si está presente en el convneio colectivo o no.
Sino, podría ser que la empresa se la hubiese colado.
En mi casosi esta en el convenio colectivo por eso tuve derecho a pedir el contrato de relevo...
¿Lo qué no se es como hay que actuar ahora... me debo de re-incorporar a la empresa? Tengo unos días para volver a presentar el nuevo expediente...
Tampoco entiendo porque la ss se dirige a mi cuando yo no realizo los contratos, ¿no debería dirigirse a la empresa y pedirle/exigirle unos contratos válidos? No entiendo...
Debes denunciar el incumplimiento de contrato ya que si no lo haces, perderías dinero. Tienes 15-20 días para hacerlo.
Perdón, incumplimiento de convenio
¿Ante qué organismo debo denunciar el incumplimiento de convenio?
¿Debo primero avisar a la empresa a ver si me facilitan otro contrato válido?
¿Debo denunciar ante la magistratura de trabajo o donde?
Gracias por ayudarme en este difícil momebnto para mi. No manejo muy bien esta página pero se que debo puntuar y lo haré gustosamente
Debes hablar con un asesor que te indicará y tramitará. Él dirigirá tu denuncia ante el Secla que es un organismo que hace de mediador, como un juicio antes del juicio, para que me entiendas.
No lo dejes.
¿M erecomiendas un sindicato o un abogado?
Te recomiendo un asesor laboral que actúan mejor y son más baratos.
Por supuesto al denuncia la tendré preparada y la presentaré antes del plazo de 20 días...
Pero... mi empresa ha hecho esos contratos sin mal-intención, y ya ha notificado su itención de arreglar el entuerto, ¿hay manera de arreglar esto de forma pacífica con la SS... es decir me dejarán presentar los nuevos contratos?
Muchas gracias por tu ayuda (ya no te doy más la lata después de esto finalizo y puntúo - no se muy bien como funciona la página es la 2º vez que entro)
Saludos
Tú debes presentar la papeleta (tu asesor) por si la empresa no lo hace en los plazos, no quedarte fuera de plazo y con las manos atadas. Siempre se puede quitar la papeleta de conciliación si hay acuerdo. No pasa nada. Hasta el día que os veáis las caras. No te preocupes, y si no lo hacen bien, pues tienes la carta guardada.
Respuesta
1
Lee lo que dice en esta pagina de la seguridad social
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jubilacionparcial/BeneficiariosContra28426/index.htm
Espero que aquí puedas encontrar tus respuestas. Sino es así te recomiendo que preguntes a otro experto que este disponible y que sea abogado en derecho laboral.
Respuesta
1
Oscar no veo la razón de la denegación de la pensión por jubilación parcial en tu caso. Puesto que el Art. 12. 6 del E.T. dice claramente "Para poder realizar este contrato (se refiere al contrato a tiempo parcial del jubilado parcial) en el caso de trabajadores que no hayan alcanzado aún la edad de jubilación la empresa deberá celebrar simultáneamente un contrato de trabajo con un trabajador en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada". Por tanto se podría perfectamente celebrar un contrato de relevo con dicho trabajador siempre y cuando este este de acuerdo en modificar su contrato actual. Por lo que a mi entender deberías acudir a un abogado y presentar una reclamación previa contra la decisión del INSS al objeto del posterior recurso contra la denegación de la pensión(si no se estimará la reclamación previa). En cuanto a lo de obligar a la empresa a presentar nuevos contratos. La jubilación parcial requiere el acuerdo entre empresa y trabajador con lo que difícilmente vas a poder obligarles a presentar un nuevo contrato salvo que en vuestro Convenio os venga recogido dicho derecho a la jubilación parcial.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas