Dudas sobre el paro

El Lunes firmo un acuerdo con la empresa por medio de un sindicato, pero aún sigo de baja.
Me gustaría saber varias cosas antes de firmar.
¿Quién me paga la baja tras terminar de trabajar en esta empresa? ¿Tengo qué avisar a la seguridad social o a alguien? ¿Tengo qué estar dada de alta para cobrar el paro?
Respecto al Paro, ¿una vez que esté dada de alta y eche los papeles que tiempo suele tardar en venirte aprobada y cobrarlo?

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Si estas en situación de incapacidad temporal y se extingue el contrato de trabajo que mantienes con la empresa, te seguirá pagando la entidad con la que tenga concertada la empresa las contingencias comunes (la mutua o el INSS) una vez que hayas causado baja en la empresa se lo comunicas al medico para que te diga lo que tienes que hacer.. Por supuesto que tienes que estar dado de alta en la SS y cotizando al INEM para el desempleo para acceder a la prestación por desempleo, ¿`pero es que no estas de baja y cobrando la prestación por IT?.. Entonces, cuando te den el alta medica tienes 15 días sin contar ni los sábados ni los dominios ni los días festivos, para solicitar la prestación por desempleo que se cobra el día 10 del mes siguiente al de la solicitud pero tienes que tener en cuenta que si la incapacidad temporal que padeces es como consecuencia de un enfermedad o de un accidente no laboral cuando acudas al INEM a solicitar el paro, de corresponderte la prestación por desempleo porque reúnes el periodo de carencia de 360 días o porque tengas alguna prestación interrumpida o pendiente de reiniciar, de los días que te correspondan de dicha prestación el INEM, te descontara todos los días que hayas permanecido de baja desde la fecha del la extinción del contrato de trabajo hasta la fecha del alta medica,`pero si la IT es como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional no habrá descuento de la prestación y la cobraras integralmente..

en el finiquito que me van a dar va incluido la nomina del mes de marzo?

Gracias, me has aclarado una duda importante que cuando antes me de de alta menos días me descontaran del paro. eso no lo sabía, por eso es bueno preguntar, siempre me solucionas bien las preguntas, aclarame esa ultima pregunta y ten claro que tu voto como siempre es el máximo, un saludo :)

En el finiquito tienen que estar incluidos los días pendientes de pago la parte proporcional de las pagas extraordinarias si no están prorrateadas en las nominas mensuales así como la parte proporcional de las vacaciones pero como tu as estado de baja tienes que mirar el convenio colectivo para consultar si tienes incluidas las pagas en el salario mensual o te las pagan cada 6 meses y los días de la baja por contingencias comunes se consideran como días efectivos de trabajo, porque si es aunque hayas cobrado la parte proporcional de las pagas extraordinarias incluidas en la cuantía de la prestación por IT la empresa tiene la obligación de abonarte los prorrateos de las pagas pero eso es mejor que te lo mire algún sindicato o algún graduado social-que puedes solicitar en el ayuntamiento de tu localidad sin que te cobren nada por mirártelo, así que ya sabes antes de firmar nada acercate a un sindicato o al ayuntamiento de tu localidad haber si algún asistente social te lo puede mirar..

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