Reclamación de cantidad

Buenas noches.
Hace aproximadamente 5 años, ¿me subieron el sueldo y se concretó una cantidad bruta anual más 500? Que recibiría en la nómina del mes de Marzo. En ningún momento hubo ningún acuerdo por escrito.
Durante estos últimos 5 años, he estado percibiendo esta cantidad, pero mi sorpresa fue este año pasado, cuando después de regresar de mi baja maternal, no solo me habían cambiado de puesto sin previo aviso, si no que además no me abonaron dicha cantidad cuando llegó el mes de Abril.
Presenté la correspondiente reclamación de cantidad ante Arbitraje, pero no se llegó a acuerdo, ya que la empresa se justificó diciendo en que era una retribución voluntaria y que por tanto si no querían no me la tenían que abonar.
Tengo pendiente el presentar la demanda ante el Juzgado, pero mi duda consiste en saber si realmente tengo las de ganar o es meterme en un lio para, a lo peor, no conseguir nada. ¿Me estoy jugando no solo perder los 500? Del año pasado si no también los de este, ¿por lo tanto 1000?. Muchas gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Un contrato verbal, como es tu caso, es igual de válido que uno escrito. Lo malo es demostrar su existencia. En tu caso no tienes ese problema, porque las nóminas anteriores lo prueban. Las retribuciones voluntarias por encima de convenio no se pueden eliminar. Lo que se puede hacer es irlas rebajando en la misma cantidad que te sube el salario de convenio, de forma que siempre cobres lo mismo. Se llama absorción y es una facultad de la empresa, pero por supuesto se puede poner en el contrato que la retribución voluntaria no sea absorbible, de forma que aunque suba el salario no baje esa cantidad. Es tu caso, y lo puedes demostrar con las nóminas.
Por otro lado deberías pensarte oponete a ese cambio de puesto, si es que ha sido a un puesto inferior, porque el estatuto de los trabajadores no permite la movilidad funcional hacia abajo de forma permanente.
Pero entonces, si interpongo la demanda ¿tengo las de ganar seguro? Muchas gracias
Eso no te lo puede asegurar nadie, en ningún tipo de juicio.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas