Despido objetivo

Hola buenos días!
La empresa en la que trabajo pretende realizar algunos despidos objetivos porque según ellos el volumen de ventas ha caído y tienen unas perdidas aproximadas de 30000e mensuales, pero sin embargo el 70% de la plantilla cobra en nomina 36 horas extras mensuales registradas como incentivos.
Mi pregunta es, si realizan los despidos se puede denunciar como despido improcedente y que posibilidades hay de ganar la denuncia. Muchas gracias de antemano.

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En caso de producirse el despido, habrá que estar en primer lugar a si la empresa cumple con los requisitos formales exigidos por la Ley, es decir, que le preavisen con una antelación de 30 días, que la carta de despido recoja las causas y las justifique, y que inmediatamente se ponga a disposición del trabajador el finiquito y la indemnización correspondiente, puesto que el plazo para iniciar las actuaciones frente al despido es muy breve, 20 días hábiles, por eso hay que ser rápidos.
¿Qué ocurre si el empresario cumple los requisitos formales que le he señalado anteriormente?, si usted considera que éstos no son reales, por ejemplo por lo que ha mencionado, que a pesar del alegato de la empresa de la existencia de pérdidas en las ventas se están realizando horas extraordinarias por los trabajadores y cobrando por ello, igualmente debe interponerse al demanda en un plazo de 20 días frente al despido solicitando su IMPROCEDENCIA, y en ese caso, la empresa será la que deba acreditar y probar que existen las causas por las que procedieron a los despidos, para ello, entre otras cosas deberán presentar las cuentas de pérdidas y ganancias de los últimos tres años, y el Juez decidirá si a pesar de existir pérdidas, éstas tienen la importancia o relevancia suficiente para que la empresa haya adoptado tal decisión, puesto que en caso contrario, si la empresa no lo acredita y ésta es de suficiente importancia, el Juez declarará la improcedencia del despido, puesto que esa causa de despido no se puede tomar por la empresa tan a la ligera.
En caso de despido, si no se está de acuerdo, bien sea por la causa o por el importe del finiquito o indemnización, siempre hay que firmar escribiendo al lado de la firma la frase de: "no conforme" para poder reclamar posteriormente.
En cualquier caso, este Despacho de Abogados queda a su disposición.
En caso de no tener más dudas.
Agradezco mucho su aclaración me sirve para estar preparado por si acaso se llevan a cabo los despidos. Gracias por sus consejos porque ayudan mucho a personas que no tenemos mucha idea de todas las argucias empresariales para evitar pagar lo que deberían. Muchas gracias!

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