Dudas sobre período de paro y descuentos por baja

Hola, tengo una duda desde hace tiempo y ahora que corren malos tiempos, me gustaría que algún experto en temas laborales en España me indicase a cerca de esa duda. Estoy trabajando en una empresa con contrato indefinido desde el año 98. El 15 de agosto de 2005 cogí una excedencia voluntaria de un año, después de eso, comencé de nuevo a trabajar en la misma empresa pero en otra provincia el 01 de septiembre de 2006. Mi pregunta es la siguiente: Caso de quedarme ahora en paro, ¿tendría dos años de paro, puesto que llevo muchos más de seis años trabajando, o ese período de excedenciame me afectaría? Y si es así, ¿De qué manera me afectaría? ¿Cuánto tiempo estaría cobrando el paro?
Se da la circunstancia de que en este momento estoy de baja por depresión. Las contingencias comunes, las cubre la mutua, pero quisiera saber, si me van a quitar algo de la nómina y cuanto sería.
Muchas gracias, quedo a la espera de tu contestación. Saludos

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Te recuerdo que la excedencia es una rescisión de tu contrato con reserva del puesto de trabajo, y la diferencia con otras se refiere a tu antigüedad en la empresa.
En tu caso, se guarda la antigüedad pero queda congelada hasta tu reincorporación.
La cotización por ti, va por camino diferente. La empresa no tiene ninguna obligación de cotizarte, ya que no trabajas con ellos.
Por tanto, tu cotización finaliza al inicio de tu excedencia. Si embargo, por baja, sigue cotizando por ti una parte la empresa y la otra la Seguridad Social.
No me dices que baja tienes, si por enfermedad común o profesional. No obstante, me dices que te cubre la mutua. Pues bien, es igual, porque a fin de cuentas, una u otra debe cotizar por ti,
Lo de saber cuanto te quitan, pues es lo que marque tu convenio si es mejorable, y sino, pues los 3 primeros días no cobras nada, y a partir del 4% cobras el 60% de la base de cotización que tienes en tu nomina del mes anterior.
Muchas gracias por la explicación. Quisiera centrarme más en el tema de la posibilidad de estar parado. Por favor, ¿podrías decirme si he entendido bien? Quiere decir, que entonces de estar en la necesidad de cobrar el paro, y según lo expuesto anteriormente, ¿tendría derecho a 2 años de paro? O por el contrario, la excedencia que terminó hace aproximadamente un año, sería algún impedimento (he leído que cuentan los seis últimos años, y el año de excedencia está dentro de esos seis).
Gracias de nuevo, saludos.
Los 2 años de paro es por una cotización de 2160 días, pero en efecto el tiempo de excedencia voluntaria al no estar cotizado, no se puede computar.
Entonces, ¿tendría a día de hoy dos años de paro, o no? Gracias
Si tienes una cotización de 2160 días si, sino no. Y eso debes mirarlo en tu vida laboral donde se hace constar. Para ello, dirigite a la Tesorería General de la Seguridad Social y pide tu vida laboral ¿ok?.

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