Cambio de puesto de trabajo o reducción de jornada

Trabajo en un supermercado de cajera y nos han reunido a todas las personas que están reducidas de jornada y les han dicho que la empresa quiere rotar a todo el personal de tiendas haciendo una semana de mañanas y otra de tarde, luego nos ha reunido a la gente que hacemos 40 horas y nos han dicho lo mismo, así que tengo unas dudas.
- ¿Una persona reducida de horas puede elegir el horario o me lo puede imponer la empresa?
- ¿Pueden cambiarte de supermercado?, nos han dicho que pueden hacerlo en un rario de 30 km.
La empresa se está poniendo dura en éste tema y ahora no se que derechos y qué debo de hacer, ya que yo pensé reducirme de horas para asegurarme el horario de mañanas, pero ahora ni eso puedo asegurarme y yo tengo el problema que si voy de tardes no tengo con quien dejar mi hijo, porque mi marido llega a casa a las 19:00, ¿puedo hacer algo?

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Ante todo pedirte disculpas pues no he tenido casi tiempo de entrar a ver las preguntas pendientes.
Empezaré por explicar que el lugar de trabajo esta dentro del poder organizativo de la empresa, a este respecto cuando la decisión de cambio de centro de trabajo es una decisión unilateral del empresario siempre que no modifique tu lugar de residencia es un supuesto normal que según la regulación del convenio al que este adscrito tu empresa puede ser compensado de alguna manera (km. Por ejemplo) sin embargo no es así cuando te obliga a cambiar tu lugar de residencia por periodo superior a 12 meses este es el que se considera movilidad geográfica y se regula a través del art. 40 ET. Ante esto la opción que tiene el trabajador es aceptar y ser compensado por gastos de traslado que puede ir acompañado de ayudas según convenio; o por el contrario si no esta conforme bien acatar el traslado e impugnar la decisión de la empresa o resolver su contrato con derecho a percibir 20 días por año trabajado con un max de 12 mensualidades.
En cuanto a la reducción de jornada si tu hijo es menor de 6 años puedes reducir tu jornada por guarda legal en virtud del art 37.5 ET mejorado en la ley de igualdad a 8 días.
El horario lo podéis elegir siempre dentro de vuestra jornada laboral, y el empresario no puede deciros que no. En ese caso, podéis ir a juicio y ganaréis seguro.
Si este es tu caso tienes la papeleta resuelta caso contrario nada dice que por tener horario reducido no puedan trasladarte de tu centro de trabajo.
Mi hijo tiene 3 años y no me reducí de jornada porque me dijeron que siempre que pudiese compaginarlo con mi segunda y las otras cajeras que tengo a mi cargo podía venir de mañanas y hace más de 1 año que estoy haciendo jornada de mañanas (es otra de las cosas que me gustaría preguntarle, ¿si llevo más de 1 año haciendo horario de mañanas pueden cambiármelo ahora aunque no tenga reducción de jornada?, es decir, es un bien adquirido y si es así, ¿cómo podría demostrarlo?). Nos han dicho que nos pueden trasladar a cualquier otro supermercado dentro de un rario de 30km del supermercado donde trabajamos ahora, ¿eso es así?, pueden cambiarnos sin darnos algo a cambio, es decir yo ahora tengo el supermercado a 5 minutos de mi residencia y si me cambian a 30km tengo que coger coche, entrar más tarde porque yo no tengo con quien dejar a mi hijo antes de las 7:45 que entra al cole y por las tardes cuando sale a las 16:45 tampoco tengo a nadie con quien dejarlo, ya que mi marido hasta las 19:00 no llega a casa. Gracias y perdona por tantas preguntas que le hago, pero la verdad es que estoy ahora en un callejón sin salida y no se que hacer.
Gracias de nuevo.
Dada las circunstancias ellos siempre podrán alegar que no tienen con quien compaginarlo, y bueno aunque sea un derecho adquirido siempre que la empresa por causa técnica organizativa decida modificartelo pues entra del poder organizativo te queda la opción de reclamarle y entrar en conflicto que de ser favorable la resolución para ti la empresa deberá indemnizarte pero igualmente te moverá el horario (aunque compensandote por la modificación sustancial de las condiciones de trabajo) Sin embargo con la fórmula que te he comentado tu decides tu horario hasta que el menor tenga 8 años y no podrán despedirte por este motivo, es una situación protegida. Puedes reducir tu jornada en 1 octavo es decir a 7 horas de acuerdo a la nueva ley de igualdad.
Espero haberle resuelto su duda, si aun así tiene alguna duda sigo a su disposición.
Caso contrario agradecería se proceda al cierre y valoración a fin de evitar que quede pendiente en mi perfil.
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-Sí, puedes elegir si la reducción es por guarda legal o cuidado de personas mayores dependientes
- En un radio de 30 km no tiene consideración de desplazamiento o de traslado y por tanto si que lo pueden hacer. (Luego se puede pedir el mayor tiempo invertido pero es complicado).
En la tienda donde trabajo existen 5 personas con reducción de jornada por maternidad (guarda legal) y les han dicho que tienen que adaptarse a las nuevas reglas que impone la empresa, que tendrían que ir por la tarde también y que sino las cambiarán de tiendas, por eso le pregunto el tema de poder escoger la hora, porque ya que han decidido cobrar menos y reducirse de jornada, ahora le dicen que tienen que ir por la tarde también o cambiarse de tienda.
Entonces si la cambian de tienda, ¿sería con el horario que han escogieron ellas cuando solicitó la reducción?
Si
En mi situación yo llevo al niño al cole donde trabajo, si me cambian de trabajo a 30km, ¿cómo voy a llevar a mi hijo al cole?, ¿No hay manera posible de poder hacer algo?
La única manera es que te combines una nueva reducción que se adecue a los horarios que necesitas, pero legalmente no se considera una movilidad geográfica y por tanto pueden moveros.
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Vamos por parte si tu pediste reducción de jornada por cuidado de tu hijo en principio no te pueden cambiar el horario y menos si llevas más de 6 meses trabajando en el mismo horario
2 sobre el cambio de supermercado pues solo pueden hacerlo si en el contrato existe una clausula que permite el cambio de centro de trabajo por razones de actividad (más o menos trabajo) sin este clausula no te pueden obligar
No, perdón si me he explicado mal, yo iba a reducirme de horas, pero no lo hice, yo llevo más de 6 meses haciendo de mañanas y ahora pretenden que me cambie semana de mañanas, semana de tardes, pero tampoco puedo reducirme de horas porque me dicen que tendré que rotar el horario. ¿Si llevo haciendo más de 6 meses un horario pueden ahora obligarme hacer otro?, eso se puede llamar bien adquirido, ¿o no?
Sobre lo de enviarme a otro supermercado tendré que leerme el contrato.
Pues si llevas más de 6 meses con el mismo horario has ganado un derecho y por tanto en principio no tepueden obligar y ademas tienes otra cosa a tu favor: tu hijo pero claro ahora tienes que mirar si vale la pena oponerte al cambio ese por como están las cosas
Seguro que es un bien adquirido, ¿sobre qué llevo más de 6 meses haciendo horario de mañanas?, ¿Por qué es una empresa muy grande y me extraña que hagan lo de rotar a la gente cuando hay mucha que lleva más de 6 meses haciendo horario de mañana?, ¿Seguro qué es así?
En principio si pero como te he dicho antes hay que mirar si te vale la pena de oponerte al cambio ese pero si enn principio tienes un derecho adquirido sobre el horario de mañana y tampoco es extraño que la empresa lo intento es más bien lógico están en su derecho de intentar claro otra cosa es que los trabajadores acceptan
No olvides de valorar y de finalizar la pregunta
La verdad es que no estoy a gusto en la empresa y si alguien me puede asegurar que es un bien adquirido y que si voy a juicio tengo todas las de ganar, que me paguen lo que me pertenezca (llevo 10 años) y me buscaría otra cosa de lo mío.
No te lo puedo decir más claro tienes eun derecho adquirido pero claro son 10 años y es una pena pero si no estas a justo te entiendo
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Se puede proponer horario, pero si no hay acuerdo, se debe dejar el horario en convenio o establecido.
La disponibilidad de cambio de supermercado está a la orden del día. Por ley debe haber unas razones muy potentes para sacarte de la provincia, por lo demás es posible.
En tu caso puedes argumentar unidad familiar y decir que sólo es posible las mañanas. Dentro de las condiciones de tus compañeros te las deben respetar.
Suerte

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