Contrato de fijo discontinuo y retención irpf

Soy diplomada en turismo y trabajo de recepcionista en el spa de un hotel de 5 estrellas Gran Lujo. Después de dos contratos de trabajo, uno de 6 meses y otro de 4 meses y medio, este último del 4 de Febrero al 15 de Junio, acabo de firmar un contrato de FIJO DISCONTINUO. Mis preguntas son varias:
Hasta ahora en mi nómina, de 1200, 34 euros netos al mes, me descontaban o retenían el 2%. A partir de ser fija discontinua, me han dicho que me retendrán el 10%. ¿Es esa cantidad correcta? ¿Quién decide que sea ésa y no otra? Me han dicho que yo puedo preguntar en Hacienda, que con mis datos de nómina, alquiler etc (no tengo hipoteca, ni hijos, estoy soltera, nadie a mi cargo...) me dirán qué sería lo adecuado que me tendrían que retener para que al hacer la declaración de la renta no me saliera ni a pagar ni a devolver. Al ser fija discontinua te mandan al paro un mínimo de 2 meses( a mí de momento me han dicho que no me van a mandar ni un día más!) Por lo que se considera, el ejercicio que viene, que habré tenido dos pagadores, y posiblemente me toque a devolver... Total, que he preguntado a la jefa de RRHH, y me ha dicho que no me podría quitar menos del 10%, que "hacienda es así".
También quise preguntarle cómo sería mi nómina del mes de Junio, dado que mi contrato como fija discontinua empieza con fecha del 16 de Junio, yo suponía(no sé si por lógica o sin razón alguna) que del 1 al 15 de Junio me retendrían el 2% y del 16 al 30 de Junio, el 10%. Respuesta de RRHH " No, Amaia, este mes de Junio cobrarás tu sueldo con una retencón, de todo el mes, del 10%, porque HAcienda es así". ¿Hay algo de cierto en todo esto? No sé si me están tomando el pelo, porque la jefa de Recursos Humano la verdad es que ya ha metido la pata con otros asuntos, y no me fío nada de ella. De hecho hablando con el director hoy mismo ha dicho que esa retención no es correcta, precisamente por ser fija discontinua, que no me podían retener tanto...
También tengo el problema de las pagas prorrateadas, ¿por las que cobro 245? Al mes. Estoy sujeta al convenio de hostelería de la provincia de Alicante, pero me han comentado que por la categoría del hotel, de cinco estrellas, y mi puesto de recepcionista, esa cantidad en concepto de pagas extras debería ser más elevada...
¿Me pueden ayudar?

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Estimada Amaia,
Sobre la retención, es cierto lo que te comentan y bastante normal lo que te ha ocurrido hasta ahora.
Para los contratos temporales suele aplicarse una retención del 2%, pero para los contratos indefinido -y el tuyo lo es, aunque sea en la modalidad de fija discontinua- ya la retención tiene que calcularse en atención a las circunstancias personales de cada uno.
Efectivamente, en Hacienda pueden ayudarte a calcular qué retención es la correcta, aunque de la página de hacienda (www.aeat.es) te puedes descargar un programa de cálculo de retenciones que también te ayudará a ver si es correcto.
En cualquier caso, un 10% de retención no parece que sea una cantidad incorrecta.
Es cierto también lo que dices sobre los dos pagadores, pues cuando existen dos pagadores, uno de ellos no suele aplicarte retención y, por tanto, al final puede salirte a pagar a Hacienda.
Sobre lo que te han dicho de que no vas a ir al desempleo, no creo que sea así, pues si no fueras al desempleo, no tendría sentido que firmaras un contrato fijo discontinuo, que por esencia supone no trabajar durante algunos meses al año. Si trabajas todo el año, entonces el contrato que deberían haber suscrito contigo es el contrato indefinido normal.
Sobre las pagas prorrateadas, si cobras 245 al mes, quiere decir que te pagan 2.940 al mes (12 meses) lo que igualmente se me antoja como una cantidad normal, aunque desconozco cuál es tu salario anual, ¿pero poniendo que sean 1.500? Al mes, dos pagas extras sería 3.000 y, por tanto, la prorrata correcta.
Por último comentarte, que creo que tu puedes elegir el tipo de retención que quieras que te apliquen, aunque tienes que comunicárselo a la Empresa por escrito, para que ésta salvaguarde sus responsabilidades.

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