¿Los fijos-discontinuos podemoscobrar trienios?

Llevo 5 años en la empresa, mi contrato es por obra y servicio, porque trabajo en una biblioteca y ésta cierra de julio a Septiembre, así que me dan de alta en septiembre y de baja a finales de junio, solo cotizo 10 meses al año. Me van a hacer fija-discontinua, seguiría sin trabajar esos dos meses. Mi pregunta es que si tengo derecho a los trienios por ser fija-discontinua, ¿y si cuenta la antigüedad de los 5 años en la empresa o empieza a contar desde que entra en vigor el ser fija-discontinua para cobrar los trienios?.

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Cuando tienes un contrato fijo discontinuo se cobra antigüedad. Pero ojo, ellos no te van a pagar la de los contratos temporales anteriores.
Cuando te hagan fija discontinua tienes que poner una reclamación en el juzgado de lo social. Búscate un abogado. Para que reconozcan que los contratos temporales anteriores están en fraude de ley y que tu relación es fija discontinua desde el principio.
Además dentro de los 10 meses que trabajas al año tienes que cobrar la parte proporcional de las vacaciones a esos 10 meses o bien disfrutarlos. Los moscosos tienes que disfrutarlos, no se puede cobrar.
www.laboro.es.gd

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