Indemnización fin de obra según estas circunstancias

Llevo casi 4 años contratado por obra y servicio en una empresa donde dábamos servicio informático 24x7, esa era la obra. Nos han comunicado que el día 31, 3 de las 6 personas no seguiremos en la empresa ya que la empresa cliente ha decidió externalizar el servicio de los fines de semana y noches.
Mi pregunta es: dado que la mitad de nuestros compañeros continuarán allí ( aunque puede que les modifiquen los horarios), ¿se podría reclamar una indemnización distinta a la de fin de obra ya que la obra sigue?

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Si la obra sigue, no pueden rescindir tu contrato, y en caso de hacerlo, les demandas por despido improcedente, para lo cual evidentemente la indemnización pasa de 8 días a 45 días por año trabajado.
Gracias por la rapidez en tu respuesta. ¿Cambiaría algo el hecho de que a los compañeros que se quedan les modifiquen el contrato manteniendoles la antigüedad?. No lo he puesto antes porque nos lo acaban de decir. Gracias de nuevo.
Más a tu favor, porque ahí se demuestra que la obra y/o servicio no ha cambiado.

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