¿Qué hacer ante un eminente despido?

Necesito respuesta urgente.
Después de casi 30 años trabajando ininterrumpidamente en la misma empresa, creo que van a despedir a todo el personal.
¿Podríais asesorarme sobre mis derechos? ¿Qué debo hacer, para que no me pille de sorpresa?
Las causas que se alegan son "economicas" y despido objetivo.
Nos van a notificar el despido cuando nos vayamos de vacaciones.
Quería saber la indemnización que nos correspondería, porque de los 45 días por año(creo que no va a ser).
Y que hago cuando nos den la notificación ¿firmarla, no firmarla?

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Respuesta
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El despido en España es libre pero no gratuito.
Un despido objetivo, en efecto es generalmente por causas económicas, pero las mismas se tienen que demostrar en un Juzgado. Por lo tanto, a tu pregunta te respondo, que ante un despido llamado objetivo,
1) Primero tienen que preavisarte, y sino deben también pagarte por no preavisarte.
2) Ante el mismo, tu debes contestar con una demanda en la cual pases tu despido objetivo a improcedente, y ahí la empresa tiene que demostrar que el hecho causante es el real.
Sino, la indemnización pasa de 20 días a 45 días por año trabajado.
Por supuesto, la notificación del despido debes firmarlo, por que sino te la mandaran por burofax, y sera lo mismo, pero debes poner NO CONFORME.
A partir de ahí, tienes 20 días para demandarles.
Muchas gracias por tu rapidez.
¿Con cuántos días deben avisarme del despido?
Con despido objetivo, 30 días, y con el resto 15 días.
Gracias de nuevo, pero sigo teniendo dudas
No se si estos son los pasos que se siguen ante un despido:
1.- Se recibe la notificación del despido objetivo por causas económicas (según me indicas ha de ser con 30 días de anticipación) ¿Lo pueden decir el día que nos vamos de vacaciones?
2- Esta notificación hay que firmarla poniendo NO CONFORME
3.- La indemnización por despido ¿cuándo la tienen que entregar? ¿Con la notificación, o en caso de no estar conforme, cuando se dicte sentencia?
4.- Antes de firmar el finiquito y la liquidación ¿puedo solicitar una copia para comprobar que es todo correcto antes de firmar? En caso de que firme poniendo no conforme, ¿la empresa me haría el pago correspondiente al finiquito?
Perdona mi insistencia, pero es la primera vez que me veo en esta situación después de 30 años trabajando y no se como va todo esto.
Espero vuestra contestación para aclararme del todo. Y te agradezco muchísimo tus respuestas.
En despido objetivo, deben preavisarte con 30 días, y sino en el finiquito, deben pagarte también ese mes.
Lo de las vacaciones va por otra vía, es decir, aun estando despedido, tu puedes según lo vea la empresa, y no quiera pagártelas en dicho finiquito, cogerlas, pero la fecha de despido es la que pone en el escrito.
Siempre debes poner recibido pero no conforme, tanto en el finiquito como en la indemnización.
Si al poner esto en el finiquito no quieren pagártelo, en la demanda tienes que incluir que aparte de la indemnización, queda pendiente el mismo.
No obstante, yo recomiendo siempre, que ante un despido, cobres el finiquito, porque luego hasta la sentencia, no vas a ver un duro.
Si estas de acuerdo con la indemnización de 20 días, lo firmas, pero también te aconsejo que les demandes por despido improcedente, para sacarles más dinero, en días.
Con 30 años, tienes el derecho a conseguir más, y ademas no pierdes nada, al contrario, vas a ganar, posiblemente más indemnización, ademas de los salarios de tramitación, que se cuentan desde la fecha del despido hasta la sentencia. Algo que evidentemente se quieren ahorrar.

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