¿Despido Nulo o Improcedente?

Tengo una consulta a ver si me puedes orientar, me han dado el despido de forma verbal para mi cese a final de este mes, he tenido una reunión para ver el finiquito y es una suma 70% inferior a la que he calculado de acuerdo a http://www.calcularfiniquito.es/ hasta el momento no tengo nada por escrito, mi situación es la siguiente:
Comencé a trabajar como product manager de unos productos de una empresa suiza, pero el contrato me lo hizo la empresa distribuidora en España al principio con convenio de estudiante en Mayo del 2008, cuatro meses después hicimos un contrato de un año a indefinido, que por cierto aun no me han dado la copia, en su momento se acordó un salario bruto más un bono al final del año, todos los gastos, sueldo y otros sobre el puesto son compartidos entre la empresa suiza y la distribuidora en España.
Mis dudas son las siguientes:
1. Al comunicarme el cese, se me dice que es porque la empresa suiza ya no tiene budget para mi salario y la distribuidora aquí en España no puede costearse el 100% de mi salario. Lo cual no es así pues yo manejo el budget y estamos al 50% de lo pactado, ¿se considera en este caso despido improcedente?
2. Acaba de nacer mi bebe hace tres meses, debido al trabajo ni siquiera pude estar en su nacimiento he solicitado el permiso por paternidad pero hasta ahora no lo he podido tener, ¿influye esto algo en el despido?
3. Los días de baja por paternidad, ¿tengo aun derecho de tomarlos aun cuando mi cese este programado para el fin de este mes? ¿O se me tiene que abonar una cantidad equivalente?
4. El bono que se me prometió pagarme a finales del 2008 no se me ha abonado, (se pacto pagarse al cumplir todas las metas al final del primer año) cuando toco abonar el bono las dos empresas, la suiza y la española decían no acordarse de la cantidad por lo que en una reunión entre los tres se volvió a recordar y se mando el informe por email con dichas cantidades, ¿es prueba legal el email con los acuerdos de dicha reunión y aun más cuando hay respuestas por parte de todas las partes aceptándolo?
5. En finiquito no me están contabilizando la totalidad del bono pendiente y tampoco la parte proporcional a este año, ¿en qué concepto me puedo amparar?
6. Hasta la fecha no he podido tomar ni un solo día de vacaciones, ¿puedo reclamar el total de todas las vacaciones no disfrutadas desde mayo del 2008?
7. ¿De no llegara a un acuerdo amistoso con la empresa tengo que presentar inmediatamente un recurso?

1 respuesta

Respuesta
1
1. Sí.
2. No. Pero como de momento no te han despedido puedes reducirte la jornada inmediatamente (por burofax) porque así bloqueas el despido improcedente. Lee el artículo sobre reducción de la web Laboro.
3. Sí. Para disfrutarlos no necesitas la autorización de la empresa. En el mismo burofax les puedes decir los días que vas a coger, les guste o no. Puedes disfrutarlos en cualquier momento mientras que aún esté tu mujer de baja por maternidad.
4. Es una deuda que puedes cobrar cuando quieras. El email es prueba y si se oponen a ella, se cita a un perito y ya está. Además en la demanda puedes hacer que el juzgado les obligue a aportar la documentación necesaria para calcular ese bono.
5. El finiquito tiene que contar todo lo que es salario. Lo dice el Estatuto de los Trabajadores.
6. En principio las del 2008 han caducado, pero las del 2009 te las tendrán que pagar y cotizar aparte.
7. Desde tu último día de trabajo tienes 20 días hábiles para presentar demanda por despido improcedente (o nulo si te redujiste la jornada antes). No necesitas ningún acuerdo porque puedes cobrar mucho más de lo que crees (por los salarios de tramitación) yendo a juicio.
Muchas gracias por la información, me queda bastante claro lo que tengo que hacer,
Sin embargo en la pregunta N. 2 me gustaría saber a cuantos días tengo derecho, ¿y si puedo mandar inmediatamente el Burofax? ¿En este caso de reducirme la jornada podre optar por el despido Nulo?
Muchas gracias
13 días según Estatuto, pero mira tu convenio porque a lo mejor lo amplía. Por supuesto puedes mandar el burofax cuando quieras. Obviamente, la reducción es para poder demandar por despido nulo. No es algo por lo que tu optes, sino por lo que tu demandas. Si el despido no fuera procedente, el juez lo declararía nulo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas