Duda sobre incapacidad total o absoluta.

Mi mujer es profesora de secundaria, está pendiente de la resolución del equipo de valoración de incapacidad. Tenemos un informe del siquiatra con diagnóstico "síndrome depresivo moderado (anterior informe grave) de carácter crónico y persistente. Informe del Inspector de la Delegación aconseja la incapacidad. ¿Se considera enfermedad profesional? ¿le correspondería la total o la absoluta? ¿En caso de total que porcentaje de la base le correspondería? Muchas gracias por su atención.

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La depresión como enfermedad profesional, de momento, no está contemplada, ya que las enfermedades profesionales están tasadas a las que se publican en la lista legal que elabora el Gobierno. Por lo que me comentas de la patología que tiene diagnosticada tu mujer, lo probable es que le declararan la total, permitiéndole trabajar en algún otro trabajo compatible con su estado mientras cobra la incapacidad permanente. El porcentaje de la base reguladora sería el 55 % hasta que cumpliera los 55 años, en cuyo caso, si no estuviera trabajando en esa edad, le correspondería un 20 % adicional.
Si tienes cualquier otra duda o necesitas alguna aclaración no tienes más que decírmelo.

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