ETT: rescisión de contrato durante las vacaciones

Tengo un contrato por obra y servicio por ETT y estoy en el convenio de Oficinas de Ingeniería.
  Por ETT, no se cobran los días disfrutados de vacaciones porque están prorrateadas en la nómina. ¿Pero pueden rescindirme el contrato los días que haga de vacaciones? He hecho dos semanas de agosto de vacaciones y me han dado de baja, ¿eso es correcto? Me descuentan estas dos semanas, porque están pagadas en las mensualidades pero he de tener derecho a disfrutarlas, ¿no? Estoy contratada desde marzo'09, por tanto, por este año, me tocan 17 ó 18 días... Encima que este mes cobro menos, no cotizo dos semanas...

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Al ser contrato por ETT de menos de un año te pueden prorretear las vacaciones. Eso quiere decir que no las cobras ni las disfrutas. El fallo en lo tuyo seguramente estará en el tipo de contrato. Seguramente que no haya causa válida de temporalidad (lee el artículo sobre temporales en fraude de ley de la web Laboro). Si fuera así (casi seguro que lo es) podrías demandar por despido nulo o improcedente y cobrar indemnización y salarios de tramitación.
Muchas gracias por tu rápida respuesta; consultaré ahora la web Laboro, pero, ¿qué quieres decir con qué no haya causa válida de temporalidad?
El contrato es de obra y servicio, y no especifica el tiempo; sólo hasta que acabe la obra. Se trata de una obra concreta que durará unos 3 años y durante esta obra no se me hará contrato por empresa (tal y como me explicó durante la entrevista la de recursos humanos de la empresa en la que trabajo)... y otra pregunta, a partir del año en ETT, ¿no están obligados a cogerme por empresa?
Agradezco tu atención.
Si lees el artículo de Laboro se te resolverán todas las dudas. En tu caso se trata de un despido nulo, al haberte finalizado el contrato sin que haya acabado la obra y sin haber carta de despido. Pon la demanda. La duración del contrato no tiene nada que ver conque te tengan que pasar a la empresa o no, sino que el contrato sea válido o no.

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