Inss alta laboral

Una vez pasado el año de baja por enfermedad común el médico de cabecera deja de darte partes y te dice que pasas al inss.
Si el inss en su reconocimiento te da el alta médica y no te encuentras recuperado para trabajar cuales son los pasos a seguir para reclamar.
Tengo entendido que tengo 4 días para la reclamación, lo que no se es donde hay que hacer la reclamación, si en el mismo inss o en otro lugar.
He escuchado que si hago la reclamación durante algunos días y hasta que se resuelva no tengo que acudir al puesto de trabajo, si tiene conocimiento de estos días y cuando sale un nuevo reconocimiento me resustará de gran utilidad.
En caso de no poder realizar mi puesto de trabajo, o tener alguna recaída hay alguna manera de coger la baja pasado los 12 meses.

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Ley 40/2007 de la Seguridad Social. Mira esta ley en la web, y sabrás todos los pasos a seguir en tu caso.
No obstante, te confirmo que a partir del día siguiente de la recepción de la resolución del INSS tienes 4 días para efectuar ESCRITO DE DISCONFORMIDAD, y durante ese tiempo no tienes que reincorporarte al trabajo.
Pero te recuerdo que no es lo mismo hacer RECLAMACIÓN PREVIA, ya que ahí tendrías que reincorporarte al trabajo con el alta, esperar a la contestación del INSS, que suele ser de 30 días, y si no hay respuesta o es negativa, demandarías vía judicial al INSS.
Ademas puedes coger todo tipo de informes que sirvan para demostrar una recaída en tu baja.
Por ello, mirate bien la ley que te he dado, y sigue bien los pasos.
Si no tienes más preguntas finaliza y puntúa.

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