En contrato de formación no se cotiza por desempleo, por lo que no se cobra paro ni cuenta el tiempo para después. Pero mucho ojo.
Lo primero que hay que ver es si ese contrato de formación ha sido correcto o bien ha estado en fraude. Para que haya sido correcto se tienen que haber cumplido una serie de características, la principal de las cuales es que tienes que haber recibido una formación (curso)
por un profesor, que a la empresa le haya costado un dinero apreciable, que te la hayan dado dentro de tu jornada de trabajo con
al menos el 15% de la jornada, que tuvieras menos de 21 años cuando firmaste el contrato, que en tu contrato dijera el tiempo dedicado a la formación y
su horario.
No vale como formación el mero aprendizaje del trabajo bajo las instrucciones de tu jefe.
El contrato de formación es el que se aplica en las Escuelas Taller de los Ayuntamientos, por ejemplo. Cuando lo aplica una empresa privada casi siempre está en fraude y el único objetivo que tenían cuando te lo hicieron era pagarte menos de lo que dice el convenio para tu categoría. Pero ahora vienen las buenas noticias.
Al haber estado en fraude, el contrato es como si hubiera sido indefinido a tiempo completo con la categoría correspondiente en el convenio, y por supuesto con el salario correspondiente, que puede ser perfectamente más del doble de lo que te van a pagar. Por tanto, cuando se te acabe el contrato puedes demandar por despido improcedente para que te paguen la indemnización de 45 días por año y los salarios de tramitación. En la misma demanda debes incluir una reclamación de cantidad para que te paguen la diferencia de los últimos 12 meses entre lo que has cobrado realmente y lo que deberías haber cobrado según convenio. Todo junto es una cantidad muy grande de dinero, fácilmente superior a los 12.000 euros (según lo que hayas cobrado), por tanto no te aconsejo que lo dejes pasar. Por supuesto también tienen que pagarte los días de vacaciones que te deban del año en curso. Acude a un sindicato y verás como te dicen lo mismo. Ellos se ocuparan de la demanda, gratis si estás afiliado, por poco dinero si no lo estás. Además si demandas entonces sí tendrías derecho al paro.
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brevísima encuesta anónima sobre la aplicación real de los derechos de los trabajadores.