No me pagan Vacaciones ni parte sueldo.

Trabajo en una empresa en la cual tengo contrato indefinido y llevo aproximadamente año y medio, ya hace meses la cosa ha ido deteriorando, y cada vez más, al principio cobrábamos todo los primeros días del mes, pero por ejemplo este mes hemos cobrado el día 20 y en mi caso, no todo.
Os explico, con mi jefe pacte al entrar un salario de 1100 euros mensuales. El internamente, se las maquinó para declararme en nomina 800 euros y el resto me lo paga en B, no había tenido problema hasta ahora pero, resulta que mi segunda parte del sueldo no me la ha pagado este mes y ya me ha dicho que si quiere que me espere o que me coja horas de fiesta, pero que no sabe cuando me lo podrá pagar.
Eso por una parte, y por la otra, aun me debe 410 euros de las vacaciones pendientes del año pasado, que lo llevo reclamando desde enero, sin resultado alguno, y al preguntarle también me dijo que no me lo puede pagar.
¿Hay algo que pueda hacer?, ¿O es todo tan "oculto" a la ley que no puedo hacer nada?.

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Del dinero B ya te puedes olvidar, a no ser que puedas demostrar que te lo pagaba (por ejemplo si lo hacía con transferencia o cheque). En cuanto al dinero A, atente al convenio. Quiero decir que te tiene que pagar obligatoriamente todos los conceptos que diga en la tabla salarial actualizada de tu convenio aplicable, según la categoría correspondiente a las funciones reales que haces en la empresa. Si tras comprobarlo deduces que te debe algo de dinero A, el proceso es:
En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el UMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes. Una vez puesta y cobrada esta reclamación, si te vuelve a hacer lo mismo la misma empresa durante al menos 3 meses, podrías iniciar un proceso de rescisión voluntaria de tu contrato por impago. Te daría derecho a cobrar la misma indemnización, finiquito y paro que si hubiera sido un despido improcedente. Pero esta rescisión sólo es viable cuando previamente se ha hecho la reclamación de cantidad y, o bien no se ha cobrado, o bien se cobró pero luego dejaron de pagarte otra vez. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio económico lo puedes recuperar. Ppor ejemplo si el banco te cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces, una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en costas.
Antes de nada, muchas gracias por contestar, ojala toda la gente fuese tan profesional, solo una ultima duda.
El dinero en B me lo daba con un talón de la empresa a mi nombre, ¿entonces lo puedo reclamar también?, ¿O es tan complicado que no merece la pena?.
Y, ¿El dinero de las vacaciones pendientes también se puede reclamar según el procedimiento que me has indicado?.
Gracias por todo.
Si te lo daba con talón entonces sí, porque en el banco ha quedado constancia de esos talones. No es nada complicado. Además no sólo puedes demandar para que te siga pagando ese dinero, sino para que te lo incluya en la nómina y para que pague la cotización a la SS correspondientes a ese dinero de los 4 años anteriores a la demanda. De esa forma ese dinero constará en tu vida laboral y te contará para el paro, bajas, jubilación... Las vacaciones lo mismo.

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