¿ERE o Demanda para rescindir o contrato?
Somos una plantilla de 47 traballadores de una empresa del metal, con un sólo propietario (de 75 años de edad).
Ante la falta de perspectiva de trabajo la empresa nos plantea un ERE, que inicialmente pretendía que fuera de 6 meses, si bien conseguimos que se tratara de 4, puesto que al finalizarlo, en caso de cierre, nos devolverían los 4 meses de paro.
Actualmente se nos debe la mensualidad de Agosto, y tenemos un trato verbal de que si nos abona el mes adeudado le firmanos el ERE, con inicio el 1 de Octubre. En el supuesto de que nos pagara dicho mes y entráramos en el ERE, todavía nos debería el mes que está terminando. ¿Qué podemos hacer para cobrar esta mensualidad?
Tiene de plazo para presentar los papeles hasta el 29 de este mes. Si no cumple su parte del trato y quiere continuar con el ERE sin nuestro consentimiento, intentaremos que le salga denegado.
En este caso nuestra intención es provocar una rescisión de contrato por incumplimiento en el pago para cobrar lo máxio posible (45 días por año, o 30 por FOGASA), porque pensamos que aunque fuéramos a un ERE, la empresa nos olucionaría los problemas que tiene. Es decir, que prevemos que el cierre es inminente. Si cierra por retiro sólo cobraríamos de finiquito 1 mensualidad.
¿Qué posibilidades tenemos de llevar a cabo las demandas para la rescisión de contrato? ¿Podríamos efectuarlas ya, alegando a parte de lo que se nos debe que llevamos tiempo sin trabajo y sin expectativas de tenerlo, o deberíamos esperar a los 3 meses sin cobrar?
¿Alguna opción más?
Ante la falta de perspectiva de trabajo la empresa nos plantea un ERE, que inicialmente pretendía que fuera de 6 meses, si bien conseguimos que se tratara de 4, puesto que al finalizarlo, en caso de cierre, nos devolverían los 4 meses de paro.
Actualmente se nos debe la mensualidad de Agosto, y tenemos un trato verbal de que si nos abona el mes adeudado le firmanos el ERE, con inicio el 1 de Octubre. En el supuesto de que nos pagara dicho mes y entráramos en el ERE, todavía nos debería el mes que está terminando. ¿Qué podemos hacer para cobrar esta mensualidad?
Tiene de plazo para presentar los papeles hasta el 29 de este mes. Si no cumple su parte del trato y quiere continuar con el ERE sin nuestro consentimiento, intentaremos que le salga denegado.
En este caso nuestra intención es provocar una rescisión de contrato por incumplimiento en el pago para cobrar lo máxio posible (45 días por año, o 30 por FOGASA), porque pensamos que aunque fuéramos a un ERE, la empresa nos olucionaría los problemas que tiene. Es decir, que prevemos que el cierre es inminente. Si cierra por retiro sólo cobraríamos de finiquito 1 mensualidad.
¿Qué posibilidades tenemos de llevar a cabo las demandas para la rescisión de contrato? ¿Podríamos efectuarlas ya, alegando a parte de lo que se nos debe que llevamos tiempo sin trabajo y sin expectativas de tenerlo, o deberíamos esperar a los 3 meses sin cobrar?
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Respuesta de mario rodriguez AED
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