Tengo 19 de diabética y 15 trabajando más tengo algo de compliciones no graves pero se me dificulta trabajar, ¿puede el IMSS pensionarme o no tengo derecho?
Eso es muy relativo, nadie puede contestarte si o no, el tribunal médico de la ss. Ss sserá el que dictamine si tienes mermadas las facultades para trabajar y en que grado, pudiéndote conceder una incapacidad total permanente o una absoluta, e incluso la desestimación, deberás dirigirte a las oficinas de la ss. Ss de tu localidad y pedir los impresos de solicitud de incapacidad, ya que tu misma puedes solicitarla sin necesidad de estar de baja previamente, aportas junto con la solicitud toda la documentación que poseas referente a tu enfermedad y como te afecta, puedes realizar un escrito explicando tus síntomas y como te impide realizar tus labores, contra más documentos pressentes mejor, que te haga uno tú médico de familia, el especialista, listado de los medicamentos que tomas, todo eso lo entregas y a esperar a que te llamen para valoración por inspección, el día de la cita solo te recibirá un inspector médico, el cual te hará una serie de preguntas y analizará la documentación aportada, que aunque la hayas entregado llevate una copia a la cita, cuando termine te dirá que ya te contestaran, él hace un informe de valoración y lo remite al tribunal junto con el expediente, allí es donde dictaminaran la incapacidad o no, te contestaran por carta certificada, todo este proceso no viene a tardar más de 3 ó 4 meses. Si deseas alguna aclaración me preguntas, si no, no olvides finalizar la pregunta.