Descuento de días vacacionalees por permiso sin sueldo

Cada año y según el convenio de mi empresa, disfruto de 1 mes de permiso sin sueldo, por lo que en el cómputo de mis días de vacaciones me quitan 3 días laborales.
Según el convenio de mi empresa que es el CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE CONSULTORÍA Y ESTUDIOS DE MERCADOS Y DE LA OPINIÓN PÚBLICA, si trabajara todo el año tendría derecho a 22 días laborales. Después del descuento de días, tengo 19 días laborales.
Desde hace unos años vengo disfrutando de una reducción de jornada de 2/3 y también de sueldo proporcionalmente, por lo que trabajo 5.30 horas de lunes a viernes.
En este convenio no se especifica sobre los días a descontar por el permiso disfrutado, por lo que supongo que hay que atenerse a lo que establece el estatuto general de trabajadores. Y pienso que deberían de descontarme 2 días y medio, en vez de 3 completos y debido a mi reducción de jornada quiero saber si estoy en lo cierto de pensar que deberían descontar sólo 2 días completos.
Si es necesario cualquier dato adicional, lo facilito.

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Te están descontando más días de vacaciones de lo que te corresponde, simplemente tienes que dividir, 22 días entre 12 meses = 1,83 días que te pueden descontar.
O puedes hacerlo al revés con una regla de tres, si a 12 meses trabajados le corresponden 22 días laborables de vacaciones a 11 meses trabajados le corresponden por, es decir:
(11 x 22)/12 = 20,16 días te corresponden de vacaciones al año
Aunque si estuvieras cotizando durante este periodo de permiso sin sueldo tendrías derecho a disfrutar los 22 días laborables de vacaciones al año, aunque generases salario para 20,16 días.
Gracias por tu celeridad en responder.
Mi jefe es un poco quisquilloso con cualquier cosa relacionado con el tema vacaciones, ¿me podrías documentar en qué artículo del convenio viene reflejado para que no pueda argumentar cualquier idea que se le ocurra en contra?
Un saludo.
En tu convenio vendrá establecido el periodo mínimo de vacaciones al que tienes derecho, respecto a la forma de realizar el cálculo no viene en el convenio, es simplemente una operación matemática.
Te corresponde lo que antes te comenté, si tu jefe no te lo quiere dar es tan simple como exigirlo judicialmente porque tienes derecho a ello, en este caso al no ser un asunto negoaciable no tienes que convencerle de nada, simplemente hacer valer tus derechos.

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